domingo, 23 de marzo de 2014

UGT lamenta el fallecimiento de Adolfo Suárez

UGT lamenta el fallecimiento de Adolfo Suárez

Reflexiones sobre el origen de la violencia en la manifestación del 22M

Reflexiones sobre el origen de la violencia en la manifestación del 22M

Radiografía de la seguridad privada: El otro 'Ejército'

Se han convertido en uno más, en una parte vital de la seguridad de España. Paso a paso, lustro a lustro, las empresas, los vigilantes, el sector es ya una pieza más del engranaje que da tranquilidad a los españoles. Son un 'ejército' y, como tal, necesitaban una legislación actualizada, metida en el siglo XXI. Aún pervivían bajo normas del 92.
Ahora, el Ejecutivo ha puesto en danza un nuevo marco normativo, con el que trata de acompasar este importante sector a los nuevos tiempos y a las nuevas necesidades. Ahora, el trabajo hombro con hombro con las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado estará más fijado. Porque son más de 110.000 los ojos que el Estado también puede y debe utilizar. De hecho, ya utiliza. Las estadísticas de la evolución del sector son impresionantes.
Hoy no trato de diseccionar la nueva legislación. No. Trataré de dibujar como es. Y para ello, datos y más datos. Trataré de hacerlos digeribles. Las estadísticas son tercas y demuestran una potente evolución de un sector que, además, tiene un gran predicamento a nivel internacional, que sus empresas tienen un reconocido servicio tanto en Europa como en América.
Según los datos del Ministerio del Interior, al cierre del pasado año existían un total de 1.496 empresas de seguridad autorizadas. Además, el Departamento de seguridad de Estado tiene registradas 3.099 licencias concedidas a detectives privados un sector que, pese a que ha saltado a la opinión pública por un caso muy concreto asociado a una empresa de Barcelona, cuenta con un alto nivel de preparación y una actividad incesante y discreta. "Cuanto menos se hable de nosotros siempre, mejor", comenta un veterano del sector.
Quizá, el común de los mortales, visualiza en la seguridad privada solo a guardas uniformados. Pero la seguridad privada es mucho más que eso, es un alto nivel de protección electrónica: las alarmas. Eso también es seguridad y eso también es seguridad privada.
En cuanto al personal de seguridad, en activo, la cifra anual que Interior estimaba a finales de 2013 era de 110.000 agentes en activo; un verdadero ejército. Durante el pasado año, el Ministerio del Interior concedió 10.512 nuevas habilitaciones de vigilantes de seguridad. En este sector están los vigilantes de seguridad propiamente dichos, los agentes que custodian explosivos, entre otros.
El servico de escoltas, de protección de personas también está inmerso en el sector privado. De hecho, en los últimos años su labor fue fundamental para complementar la seguridad de concejales del País Vasco y Navarra cuando ETA les tenían en su punto de mira de manera prioritaria.
Esta es la parte del entramado privado que más ha notado el alto el fuego etarra. Para muestra... En 2007 había 2.042 servicios operativos de escoltas. El pasado año, la cifra se redujo hasta los 647 servicios, según consta en las estadísticas oficiales.
Quizá, las cifras más relevantes que incluyen la estadísticas oficiales se refieren a los episodios de colaboración del sector privado con el público, de las relaciones de suma entre agentes de seguridad y miembros de las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado.
Durante 2013 se registraron 8.586 "informaciones", 30.519 actuaciones de "auxilio y colaboración" y otras 3.302 "llamadas a la sala operativa", de avisos.
¿Y en dónde se detecta una mayor colaboración? Hay de todo. La gran mayoría, información sobre hurtos: más de 5.300 el pasado año. Pero también ha sido clave el sector en identificaciones de sospechosos, advertencias sobre vehículos robados, estafas, robos con violencia, amenazas, falsificación de moneda... Y todo aquello que el funcionamiento de las alarmas ha evitado, que no se puede cuantificar.
Las estadísticas destacan también la fuerte implantación de estos dispositivos en empresas y domicilios; un sector controlado por las empresas privadas. Según los datos oficiales, en 2012 había dadas de alta un total de 1.434.912 contratos de alarma. 
Pero, pese a la importancia del sector, no se escapa a la revisión y a la sanción administrativa del Estado cuando se incumplen normas. Según estas estadísticas, durante el pasado año, el Ministerio del Interior fue sancionado con multas por valor de casi 5,5 millones de euros.
Policía Nacional, Guardia Civil ... y 'ejército' de privados. Ahora si son las tres patas del un banco. 

MALACA SEGURIDAD SE DESCUELGA DEL CONVENIO

MALACA SEGURIDAD, mediante escrito, informa que quiere dejar  sin efecto la jornada ordinaria de 1782 horas recogida en el convenio de seguridad y que e ata pasa a ser de 1904 horas. Es decir que los compañeros y compañeras de MALACA SEGURIDAD pasarían de 162 horas a 173 horas mensuales y encima ganando menos.

Señala en el mismo escrito, que se acuerda la inaplicación del plus recogido en el articulo 72 (plus de vestuario) y se fija en su lugar un plus de vestuario por un importe mensual de 58 euros.


La Comision Paritaria por unanimidad de sus miembros, señala que tanto la determinación de la jornada de trabajo, que excede de las 1826 horas fijadas por el ET, como la modificación de la cuantía del plus de vestuario, exceden del contenido de un acuerdo de inaplicación de las condiciones del Convenio Colectivo, lo que se comunicara para su conocimiento a la autoridad Laboral, con independencia de que los miembros de la Comison Paritaria se reserven las acciones que les correspondan en derecho en relación con el descuelgue de esta empresa.

No sabemos como acabara este tema, posiblemente acabe en los juzgados, pero con el mantenimiento del marco del convenio colectivo y con cláusulas como la que obliga a las Patronales y Sindicatos firmantes del mismo a rechazar cualquier tipo de inaplicación del citado convenio, las empresas piratas lo tienen un poco mas difícil. Si no se hubiese alcanzado dicho acuerdo, actas como las aquí publicadas, nunca se hubieran dado y las empresas incumplidoras lo hubiesen tenido, no mucho, sino muchísimo mas fácil. 

Imagina, tu que estas leyendo esto ahora mismo, si caes subrogado o subrogada a una de estas empresas, situación que no es difícil de dar, porque si consiguen abaratar salarios podrán pujar por los servicios de una forma mucho mas ventajosa. Imaginatelo.

sábado, 22 de marzo de 2014

Calcular el embargo de la nómina

by FRANCISCOSANPER on 18 MARZO, 2014
Calcular el embargo de la nómina
Calcular el embargo de la nómina, es un procedimiento que tiene que ser realizado cada vez por más empresas debido a los problemas que están pasando sus trabajadores por la situación actual. Está reflejado en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. El embargo puede venir provocado por procedimientos judiciales o por actuaciones de organismos públicos con los que se tenga alguna deuda.
Para proceder al cálculo del embargo, debemos tener en cuenta la cantidad líquida que percibimos. Es decir, el salario bruto menos el descuento por retenciones de IRPF y Seguros Sociales. La cuantía hasta llegar a un salario mínimo interprofesional, para 2014 es 645.30 euros, es inembargable. Desde dicha cantidad hasta el doble del salario mínimo interprofesional, se embarga el 30%. Desde el doble hasta el triple del SMI se embarga el 50%. Desde el triple hasta el cuádruple del SMI se embarga el 60%. Desde el cuádruple hasta el quíntuple se embarga el 75%.  La cantidad que supere cinco salarios mínimos profesionales se embarga hasta el 90%.
Por ejemplo, percibimos 1.500 euros netos. De los primeros 645,30 euros no se embarga nada. De los segundos 645,30 euros se embarga el 30%, es decir, 193,59 euros. Hasta llegar a los 1.500 euros, nos quedan otros 209,40 euros de los que se embargan el 50%, que son 104,70 euros. En total, de una nómina líquida de 1.500 euros nos embargarían 298,29 euros.
Tenemos que distinguir dos situaciones:
Las pagas extras no están prorrateadas en las nóminas: En este caso, en los meses sin paga extra el primer salario mínimo interprofesional será inembargable. En los meses con paga extra, se sumará el líquido de la paga extra y de la nómina y los dos primeros salarios mínimos (1.290,60 euros) serán inembargables. A partir de dicha cantidad, los porcentajes serán idénticos a los comentados.
Las pagas extras están prorrateadas en las nóminas: Para calcular los embargos, el primer tramo será el salario mínimo interprofesional prorrateado. Lo obtenemos multiplicando por 14 y dividiendo por 12 los 645,30 euros del SMI mensual. El resultado es de 752,85 euros. Entonces los primeros 752,85 euros no se podrán embargar. De los siguientes 645,30 euros, se embargará el 30%. El 50% de los siguientes 645,30 euros. Y así sucesivamente hasta llegar al 90%.
Éste es el procedimiento a realizar para calcular el embargo de la nómina. La cantidad que ha sido retenida por este concepto debe estar reflejada en la misma y la empresa tiene que comunicar al trabajador que su sueldo ha sido embargado

domingo, 16 de marzo de 2014

Servicio de Tiempo Libre.Sorteo de Semana Santa 2014.

Estimado/a usuario/a:

Le comunicamos que se ha publicado la noticia: Sorteo de Semana Santa 2014.

Para ver el contenido completo de la misma pulse en el siguiente enlace (o copie la dirección en su navegador web): http://www.juntadeandalucia.es/empleo/wrtl/Noticia_ficha.do?id=173&todas=no_por

Reciba un cordial saludo,
Servicio de Tiempo Libre.
Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.
Junta de Andalucía.

martes, 11 de marzo de 2014

FeS-Euskadi | nota informativa sobre el SIMA , la aprobación y ratificación en el PLENO ESTATAL de Seguridad Privada.


FeS-Euskadi | nota informativa sobre el SIMA , la aprobación y ratificación en el PLENO ESTATAL de Seguridad Privada.



A TODOS LOS AFILIADOS Y AFILIADAS DEL SECTOR DE SEGURIDAD PRIVADA DE UGT EN EUSKADI

El pasado 21 de Febrero se celebró en el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje de Madrid (SIMA), un acto de mediación al que acudieron patronales y sindicatos del sector. Previo a la celebración se habían nombrado dos mediadores, uno por cada parte, a los que se les expuso en reuniones por separado las condiciones que solicitábamos. Los mediadores tras las deliberaciones oportunas realizaron la siguientepropuesta:

  • Aplicación de los conceptos y tablas salariales abonadas en 2013 para el año 2014.
  • Cotización por parte de las empresas del Plus de Transporte
  • Cierre inmediato de todas las mesas de negociación, bien sean como consecuencia de descuelgues del convenio, negociación de Convenio Colectivo de Empresa o Eres.
  • Paralización de todos los procesos que estuvieran pendientes de inicio.
  • Instar a las empresas que hubieren suscrito Convenio Colectivo de Empresa a su retorno al Convenio Colectivo Estatal de Seguridad Privada.
  • Tomar medidas en cada asociación empresarial contra las empresas que inicien procesos de inaplicación o suscripción de convenios de empresa por debajo de los costes del convenio sectorial estatal.

Una vez admitida la propuesta de los mediadores, UGT convocó asambleas en todos los territorios para su valoración. En Euskadi realizamos asambleas en Donosti, Bilbao y Vitoria.

Tras debatir la situación en los tres territorios decidimos mostrarnos críticos con la propuesta de los mediadores, valorar diferentes alternativas si las hubiera y posicionarnos contrarios a la aceptación del acuerdo siempre y cuando se valorasen salidas que mejorasen el panorama actual.

Esa fue la postura que llevamos al Pleno Sectorial Estatal, donde se reúnen nuestros representantes de UGT en todos los territorios y las diferentes Secciones Sindicales de ámbito estatal.

Encima de la mesa estaban diferentes factores a valorar como que empresas líderes en el sector y que marcan camino a otras, como pueden ser Prosegur, Securitas, Eulen, etc., habían emprendido el camino de descuelgues del convenio colectivo estatal, el inicio de la negociación de convenios colectivos de empresa y Expedientes de Regulación de Empleo.

También estaban como elementos a valorar las diferentes movilizaciones que se habían convocado desde diferentes Secciones Sindicales, como Prosegur, donde no supimos ver que defendiendo sus derechos defendíamos los de todos. Además de las movilizaciones que convocamos en las que pudimos ver el escaso volumen de participación que hubo.

Cabe recordar que, en Bizkaia, CCOO no vió oportuno movilizarse por la defensa de nuestras condiciones de trabajo.

Resumiendo, teníamos un panorama en el que, por un lado, se nos ofrecía una congelación de nuestras condiciones económicas (donde teníamos pactada una subida superior al 5%) o una negativa al acuerdo donde se preveía un descuelgue masivo de empresas del convenio colectivo (lo que significaba también no aplicar el 5%) y además la negociación de convenios colectivos de empresa a la baja y Expedientes de Regulación de Empleo. Es decir, lo que habíamos visto y oído tantas veces en los periódicos y televisión que afectaba a otros, nos tocaba ahora directamente.

Y toca, porque nos toca, tomar decisiones. Somos el sindicato mayoritario y por algo será. Dejémonos de demagogias. No jugamos a Elecciones Sindicales, no jugamos a afiliación, no jugamos a ser más guapos. Nosotros defendemos los puestos de trabajo y el convenio colectivo de más de 80.000 familias. Eso sí, decidimos los afiliados a UGT, sin depender de a qué juegan otros sindicatos. Y como tal, decidimos el pasado día 26 de Febrero, previa consulta a TODAS nuestras bases de afiliados y afiliadas, ratificar el acuerdo que los mediadores propusieron en el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje por considerarlo el menos lesivo a los trabajadores y trabajadoras del sector.

Esa fue la decisión que tomaron la mayoría de los afiliados a UGT y esa fue la posición que UGT tomó ante la propuesta de Mediación. Porque en UGT sí que escuchamos a los trabajadores del sector.

Es fácil como siempre decir qué mierda han firmado, pero también hay que preguntarse qué han hecho esos que critican para mejorar la situación. Y no lo decimos por los que pagáis la cuota a un sindicato, sea el que sea (que luego cada uno sabrá en cual tiene que estar) si no por los boceras que critican hagas lo que hagas, con el mando a distancia desde el sofá de su casa. 


LA UGT DEFIENDE TUS INTERESES Y LOS DE LA CLASE OBRERA TRABAJADORA

Fuente:http://seguridadfesugt.blogspot.com.es/2014/03/fes-euskadi-nota-informativa-sobre-el.html

lunes, 10 de marzo de 2014

Nunca tuvieron las empresas el mango de la sartén más bien cogido que ahora.

 Sobre la responsabilidad de nuestros actos

La responsabilidad es un valor que está en la conciencia de la persona, que le permite reflexionar, administrar, orientar y valorar las consecuencias de sus actos, siempre en el plano de lo moral. (Fuente Wikipedia).
Recientemente se ha llevado a cabo la firma del Convenio  Colectivo de Empresas de Seguridad Estatal. Este convenio en un corto  periodo  de tiempo se ha visto afectado por continuos cambios en sus articulados motivados por las exigencias de la  patronal y fundamentado en el progresivo deterioro del tejido productivo del país. Todos sabemos o intuimos que el juego, si se permite esta palabra, en la negociación colectiva es a dos bandas, Patronal y Trabajadores, pero si hacemos un análisis más profundo del él veremos que en realidad los elementos que intervienen en dicho juego son más, y más complejos.
 Las grandes empresas están participadas de unas figuras que se llaman accionistas , los cuales esperan resultados de sus inversiones, los propios clientes, pequeños o grandes que se sienten afectados por las decisiones que se toman en toda negociación colectiva,  esperan en todas ellas, una disminución del gasto en seguridad.
Los distintos cambios legislativos en materia laboral hace que en determinados momentos se tenga que retomar una negociación colectiva  pues estos cambios al ser sobrevenidos, a veces,  en plena negociación o  una vez cerrada ésta, obliga a retomar lo pactado. Éste  es, el elemento que nos faltaba, el factor legislativo del gobierno.
 Es el gobierno, quien en este periodo de crisis ha entrado a tener un papel muy activo legislando sobre conceptos que afectan tanto a las empresas como, evidentemente, a los trabajadores y que viene a repercutir negativamente en la paz social que ha de regir  el inicio de cualquier negociación colectiva. Por lo tanto y ante tantos elementos interesados en cualquier negociación colectiva entre empresas y trabajadores podemos sospechar lo difícil que es  la firma de un convenio, máxime en un escenario como el que respiramos en la actualidad. Es imposible pretender firmar algo que satisfaga por unanimidad a todos los factores que intervienen.
Volviendo al concepto de la  responsabilidad, es esto lo que precisamente se les exige a cada uno de los participantes  en las negociaciones colectivas, en todos los ámbitos: sensatez, raciocinio y buen juicio en todas sus decisiones y razonamientos. Dice una de las expresiones de la definición de responsabilidad más arriba expuesta, que se ha de valorar las consecuencias de sus actos. Efectivamente, todo acto tiene una consecuencia. Hay consecuencias que pueden ser enmendadas posteriormente y otras que permanecen durante un periodo largo de tiempo haciendo daño al colectivo mientras tanto se llega a una solución.
Tomar una decisión cuando formas parte de una negociación es sumamente compleja y precisa de una gran capacidad de juicio y ponderación por parte de todos.
Toda decisión que toma un representante de los trabajadores en una negociación, tiene consecuencias  y estas consecuencias deben ser evaluadas por ellos: Efecto sobre la familia, seguridad jurídica en el empleo o estabilidad, Artº 14, sobre la subrogación, las vacaciones, efectos en  las condiciones de trabajo, etc. En definitiva una armonía familiar que los que somos viejos en el sector sabemos que hemos de disfrutar porque un trabajador/ra no es solo eso, es tanto el sustento económico de la familia como el emocional.
Supongo, que para aquellos que forman parte en una negociación, les sería más fácil pedir unas condiciones económicas cerradas e innegociables sin evaluar las consecuencias actuales de la economía y del poder tan preponderante de las empresas. Es este, el poder económico de las empresas junto a la situación de crisis y la falta de motivación del colectivo el que influye en una decisión razonable a la hora de llevar a cabo la resolución de un Convenio o negociación.
Analizados los tres ejes importantes en toda negociación solo queda aplicar la RAZÓN, y buscar de lo malo; lo menos malo. No vale llevar a todo un colectivo al suicidio donde las empresas, avaladas por la legislación actual laboral, tienen las de ganar, y sin la legislación, también, si analizamos las características del sector. Nunca tuvieron las empresas el mango de la sartén más bien cogido que ahora.
La Reforma Laboral llevada a cabo por el  gobierno, facilita como se ha podido comprobar con las amenazas de ERES y descuelgues, el saneamiento de todas las empresas que así lo decidan sean los trabajadores fijos o no, con la antigüedad que queramos. Han creado la herramienta perfecta, la cual, es una definición de crisis económica y la forma de atajarla que podrá ser utilizada por las empresas que crean que se encuentran en una situación similar a la definida en el texto legal o que simplemente sospechen que pudieran encontrarse. De todo esto y por mi experiencia se dan cuenta los trabajadores cuando se encuentran con los despidos y en las puertas de los Juzgados.
Estoy completamente seguro de que los firmantes del actual convenio colectivo no están a gusto con la resolución del mismo, pero por otra parte estoy convencido de que han aplicado todo lo anteriormente expuesto sobre la razón y la equidad, entendiendo que han llevado a cabo un concienzudo análisis de la situación económica, laboral legal y las características peculiares del conjunto del sector.
Acudid e informaros de todos los pormenores de la negociación a vuestros sindicatos y cread vuestra propia opinión. Vendrán, esperamos, mejores momentos donde hacer las cosas de otra manera pero ahora, el escenario es éste.
Diego Roldán Guerrero.

Secretario de Organización FES.UGT. MÁLAGA


IMPUGNACION CONVENIO | LA AUDIENCIA NACIONAL DA LA RAZON A LA MESA NEGOCIADORA

El 22 de marzo del 2012 y en el proceso de conflicto colectivo, las partes negociadoras del convenio colectivo, legitimadas para negociar convenios, acuerdan dejar sin efecto el incremento salarial del 2012.

Así mismo, el 16 de abril de 2012, en reunión de la mesa negociadora del convenio, se acuerda dejar sin efecto el convenio anterior a 21 de diciembre de 2011 y firmar uno nuevo para los años 2012-2014

Estos hechos, nos pueden gustar mas o pueden no gustar nada, pero fueron acordados por partes legitimadas ha hacerlo. La parte social esta repartida en función de los delegados obtenidos en las elecciones en los comités de empresa en todas las empresas del sector. UGT no tiene mayoría en la mesa de negociación porque un día alguien se levanto por la mañana y decidió que fuera así.

En los centros de trabajo, en las empresas, es donde los compañeros y compañeras conocen mas que de sobra quien esta defendiendo sus derechos, con independencia de las siglas que representen.

Curiosamente ATES no tiene representación en la mesa de negociación porque no son elegidos en esas elecciones sindicales, los compañeros y compañeras del sector no confían en ellos en el trabajo del día a día.

Como se tienen que hacer notar de alguna manera, decidieron impugnar la negociación que al principio he descrito, publicaban a quien quería oirles, que ganarían esta impugnación, que ellos son la verdad absoluta y que los jueces les darían la razón.

Ya hay sentencia y la misma recoge en su parte del FALLO:

En la demanda en materia de impugnación de convenio colectivo presentada por el sindicato ATES, se desestiman las excepciones de cosa juzgada y de acumulación indebida de acciones. Y entrando sobre el fondo del asunto, se desestima la demanda.

Ahora, una vez conocida la sentencia, empezaran con el cuento que los jueces estan vendidos a los sindicatos y que por ese motivo, solo por ese y no por otro, los jueces no les han dado la razón, todos los delegados y delegadas de UGT son unos vendidos y ellos son la palabre de del dios del sindicalismo en la tierra.

descárgate la sentencia.


Fuente:http://ugt-elpregon.blogspot.com.es/2014/03/impugnacion-convenio-la-audiencia.html?utm_medium=facebook&utm_source=twitterfeed

martes, 4 de marzo de 2014

LA LEY DE SEGURIDAD PRIVADA SALIDA DEL SENADO


La captura de pantalla muestra el itinerario de la ley de seguridad privada desde que salió del consejo de ministros hasta  hoy dia 4 que ha salido del senado ya sólo queda un último paso antes de su publicación en el BOE, que el pleno del congreso lo apruebe.

El siguiente enlace es el de la página del Senado correspondiente a la Ley de Seguridad Privada:


Y en el enlace siguiente podemos ver el texto que de aprobarse sería el definitivo:


domingo, 2 de marzo de 2014

Seguridad Privada FeS-UGT: ¿Cómo se calcula la Base de Cotización?

Seguridad Privada FeS-UGT: ¿Cómo se calcula la Base de Cotización?: SEGURIDAD PRIVADA Vigilante de Seguridad | Escolta | Guarda Particular | Vigilante de Explosivos | Auxiliar Asesoría | información | F...

DOCUMENTO SOBRE SUBROGACIONES ENTRE EMPRESAS DE SEGURIDAD DEL AEROPUERTO DE BARAJAS (puede servir de ejemplo)

SUBROGACIONES ENTRE EMPRESAS DE SEGURIDAD DEL AEROPUERTO DE BARAJAS

Seguridad / General


COMUNICADO A LOS TRABAJADORES AFECTADOS POR LAS SUBROGACIONES ENTRE EMPRESAS DE SEGURIDAD DEL AEROPUERTO DE BARAJAS.


Leer el documento en PDF

Compañeros y compañeras, como sabéis el próximo día 11 de noviembre se producirá la subrogación de servicios entre distintas empresas de seguridad del Aeropuerto de Barajas. La regulación de dichas subrogaciones debe hacerse, a efecto de los trabajadores, según el artículo 14 del Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad, que a continuación reproducimos:

ARTÍCULO 14.- Subrogación de servicios.- Dadas las especiales características y circunstancias de la actividad, que exigen la movilidad de los trabajadores de unos a otros puestos de trabajo, este artículo tiene como finalidad garantizar la estabilidad en el empleo de los trabajadores de este sector, aunque no la estabilidad en el puesto de trabajo, con clara diferenciación entre subrogación de servicios de vigilancia, explosivos y sistemas y de transporte de fondos, en base a la siguiente normativa:

A) Servicios de Vigilancia, Sistemas de Seguridad, Transporte de Explosivos y Guardería Particular de Campo: Cuando una empresa cese en la adjudicación de los servicios contratados de un cliente, público o privado, por rescisión, por cualquier causa, del contrato de arrendamiento de servicios, la nueva empresa adjudicataria está, en todo caso, obligada a subrogarse en los contratos de los trabajadores adscritos a dicho contrato y lugar de trabajo, cualquiera que sea la modalidad de contratación de los mismos, y/o categoría laboral, siempre que se acredite una antigüedad mínima, de los trabajadores afectados en el servicio objeto de subrogación, de siete meses inmediatamente anteriores a la fecha en que la subrogación se produzca, incluyéndose en dicho período de permanencia las ausencias reglamentarias del trabajador del servicio subrogado establecidas en los Artículos 45, 46 y 50 de este Convenio Colectivo, las situaciones de Incapacidad Temporal y suspensiones disciplinarias, cualquiera que sea su causa, excluyéndose expresamente las excedencias reguladas en el Artículo 48, salvo los trabajadores que hayan sido contratados por obra o servicio determinado. Asimismo procederá la subrogación, cuando la antigüedad en la empresa y en el servicio coincida, aunque aquella sea inferior a siete meses. Igualmente procederá la subrogación cuando exista un cambio en la titularidad de las instalaciones donde se presta el servicio.(…)

D) Subrogación de los Representantes de los Trabajadores: Los miembros del Comité de Empresa, los Delegados de Personal y los Delegados Sindicales, podrán optar, en todo caso, entre permanecer en su empresa o subrogarse a la empresa adjudicataria, salvo en los supuestos siguientes: a) Que hubiera sido contratado expresamente por obra o servicio determinado para el centro afectado por la subrogación. b) Que haya sido elegido específicamente para representar a los trabajadores del Centro de Trabajo objeto de subrogación, siempre que afecte a toda la plantilla del Centro. c) Que la subrogación afecte a la totalidad de los trabajadores del art. 18 grupo IV de la unidad productiva.

En estos supuestos, los Delegados de Personal, miembros del Comité de Empresa y Delegados Sindicales, pasarán también subrogados a la nueva empresa adjudicataria de los servicios.

Siguiendo este artículo todos debemos ser conscientes de que la subrogación, cuando se dan las condiciones en él establecidas, es automática y el trabajador conserva los derechos y condiciones de trabajo que venía disfrutando en la empresa cesante en el servicio. No hay que hacer un nuevo contrato de trabajo ni ningún otro documento nuevo. Por lo tanto, si la nueva empresa pretendiera que los trabajadores firmarán algún nuevo tipo de documento no debemos hacerlo y en cualquier caso, como mucho firmaríamos un “recibí no conforme”.

Con respecto a la empresa cesante, está deberá liquidar a los trabajadores y podrá presentarles el finiquito de la relación laboral, en ese caso, si estimamos que la liquidación no es la correcta firmaremos, como mucho, igualmente “recibí no conforme”. En el caso de que hayamos reclamado en vía judicial el valor de las horas extraordinarias deberemos firmar a lo sumo, cuando nos presenten el finiquito “recibí no conforme en espera de resolución judicial por el valor de las horas extraordinarias”

Recordad que ante cualquier duda podéis dirigiros a los representantes de los trabajadores de la UGT

sábado, 1 de marzo de 2014

Las maestras de la República.

Las maestras de la República Año 2013 

Duración 65 min. 

País España 

Director Pilar Pérez Solano 

Guión Pilar Pérez Solano (Textos: Josefina Aldecoa) 

Música Carlos Salas Fotografía Isabel Ruiz 

Reparto Documentary, Laura de Pedro, Marta Barriuso 

Productora FETE-UGT / Transit Producciones Género Documental | Enseñanza 

Web Oficial http://www.lasmaestrasdelarepublica.com/ 

Sinopsis Las maestras republicanas fueron unas mujeres que participaron en la conquista de los derechos de las mujeres y en la modernización de la educación, basada en los principios de la escuela pública y democrática. Este documental, a través de la recreación de la vida de una maestra de la época, e imágenes de archivo inéditas, nos descubre el legado que nos han dejado las maestras republicanas y que ha llegado hasta nuestros días. (FILMAFFINITY) Premios Goya: Mejor documental


Las Maestras de la República', con guión y dirección de Pilar Pérez Solano, se llevó el Goya al mejor documental. La cinta pone en valor el compromiso por la educación, la justicia y la igualdad.

El documental, a través de la recreación de una maestra de la época y de imágenes de archivo inéditas, nos descubre el maravilloso legado que nos han dejado las maestras republicanas y que ha llegado hasta nuestros días.

El sindicato UGT presentó el año pasado este documental con el que se pretende hacer un reconocimiento público al papel de las mujeres comprometidas con la igualdad social y de género y, especialmente, a las maestras republicanas por su interés en innovar, investigar y desarrollar un discurso propio en el ámbito de la educación. Con enorme inteligencia y valentía se embarcaron en los viajes de estudios que las llevarían lejos de España, se incorporaron a las misiones pedagógicas, ocuparon puestos de dirección en los colegios, y tomaron la palabra en las organizaciones sindicales, políticas y en las asociaciones feministas y ciudadanas.

Fueron pioneras en procesos de innovación, investigación y prácticas pedagógicas que abrían las aulas a una metodología activa y participativa. Porque creían en la igualdad, derribaron los muros que separaban a alumnos y alumnas, proponiendo prácticas de relación que les permitirían compartir intereses y conocimientos. Una coeducación que, con el tiempo, les serviría para aprender a compartir la vida en igualdad.

Para FETE UGT el legado de las maestras republicanas es hoy un referente de la educación que defendemos. Las investigaciones, ensayos, propuestas didácticas y pedagógicas que nos dejaron, son más necesarias que nunca para impulsar un proyecto educativo en la construcción de un mundo democrático. Sus vidas son el testimonio del compromiso con la educación, la justicia y la igualdad. Su recuerdo forma parte de nuestro presente y el inicio de nuestro futuro.

Por ello, en los tiempos tan críticos como los que estamos viviendo, con un continuo ataque a la educación y a otros derechos sociales que son fundamentales para el desarrollo de nuestra democracia y bienestar, volvemos sobre sus pasos y recordamos aquellos momentos en el que lucharon por lograr mayores cuotas de igualdad, solidaridad y justicia.

En definitiva, el documental pretende contribuir a la difusión de los valores de una educación pública, obligatoria, gratuita, activa, laica, bilingüe, solidaria y de ciudadanía que impregnaron el trabajo de las Maestras de la República y que queda patente en esta obra.

Más información:

http://lasmaestrasdelarepublica.com/

Actas y acuerdos Sima, modificación,conceptos económicos, artículos 14,41 y 42

Acta de acuerdo de modificación del convenio:




Conceptos Económicos acuerdo Sima:



Acta artículo 14:



Anexo artículo 14:



Anexo artículo 41 y 42: