jueves, 29 de mayo de 2014

Asepeyo, en el ojo del huracán por el suicidio de un trabajador en Girona

Cristina Farrés
29/05/2014
El comité de empresa de Girona+Neta denuncia que la mutua forzó el alta del empleado, que sufría una depresión y le faltaban cuatro meses para jubilarse
Conmoción en Girona. Los trabajadores de la empresa pública Girona+Neta han denunciado las circunstancias que llevaron este miércoles a una situación trágica: Felipe Ramos, de 64 años, se suicidaba al lado de su puesto de trabajo. Aquejado por una depresión que le había apartado de su empleo desde hacía un año, tenía que reincorporarse esta semana. El comité de empresa ha denunciado que “la mutuaAsepeyo forzó este miércoles su alta”.

“Se jubilaba este agosto”, señala la portavoz de la federación de servicios públicos de UGT de la comarca, Maria José Estruc. Ramos intentaba superar su enfermedad desde hacía meses, incluso regresó en tres ocasiones a su puesto de trabajo cuando experimentaba una mejora, aseguran sus compañeros. “Pero los recortes han influido mucho”, añade Estruc. La gota que colmó el vaso fue una reestructuración de horarios interna que le modificaba de nuevo sus turnos, añaden. No era la primera ocasión en que se modificaban. 

Criterios económicos

“Durante la última baja, que se inició en abril, la mutua Asepeyo pretendió forzar su alta y propuso al Institut Català d'Avaluacions Mèdiques (ICAM) la revisión de su caso”, declara el comité. “Se fomentaba en criterios genéricos y prescindía de la situación concreta expresada por el trabajador”, añade. Sus compañeros relatan que la mutua presionaba solo por un criterio económico. Ramos comentó su difícil situación personal con otros compañeros. “Les aseguró que no se sentía con fuerzas para trabajar de nuevo”, añade Estruc. 

La plantilla de Girona+Neta plantea ahora realizar alguna acción reivindicativa por un caso que aseguran que se podía evitar.

equivalencia de Agente de la Escala Básica de los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha al título de Técnico correspondiente a la formación profesional del sistema educativo.

  1. Título:
    Orden ECD/854/2014, de 21 de mayo, por la que se regula la equivalencia de Agente de la Escala Básica de los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha al título de Técnico correspondiente a la formación profesional del sistema educativo.
    Departamento:
    Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
    Publicación:
    BOE nº 128 de 27/05/2014, p. 39925 a 39927 (3 páginas)
    Ver documento:
    BOE-A-2014-5520

titulaciones requeridas para ingresar en los centros docentes militares de formación para acceso a las diferentes escalas de oficiales y suboficiales de las Fuerzas Armadas.

Disposiciones publicadas en el BOE
  1. Título:
    Orden DEF/853/2014, de 21 de mayo, por la que se modifica la Orden DEF/1097/2012, de 24 de mayo, por la que se determinan las titulaciones requeridas para ingresar en los centros docentes militares de formación para acceso a las diferentes escalas de oficiales y suboficiales de las Fuerzas Armadas.
    Departamento:
    Ministerio de Defensa
    Publicación:
    BOE nº 128 de 27/05/2014, p. 39921 a 39924 (4 páginas)
    Ver documento:
    BOE-A-2014-5519

El nuevo marco legal de los Servicios de Investigación Privada en España


MADRID, 28 de MAYO de 2014 - LAWYERPRESS
Fernando Dombriz Sanz, Director Desarrollo de Negocio de Grupo Paradell Detectives, AbogadoHasta ahora el marco normativo que regulaba las actividades de investigación privada en nuestro país estaba principalmente recogido en la Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada.
Esta disposición será derogada a partir del día 5 de junio de 2014. En esa fecha entrará en vigor la  Ley 5/ 2014 de Seguridad Privada, justo dos meses después de su publicación en el BOE.
El propio preámbulo de la Ley 5/2014 reconoce que las actividades de investigación privada y los detectives privados tuvieron una inserción tangencial en la Ley 23/1992. Eran  muy escasas las prevenciones sobre sus actividades y personal, no sólo en sede legal, sino también reglamentaria, por lo que el preámbulo de la nueva norma pretende afrontar de manera decidida y completa, en lo que le corresponde, la definición de su contenido, perfiles, limitaciones y características de quienes, convenientemente formados y habilitados, la desarrollan. De esta manera la regulación de las actividades y el personal de investigación privada pasan a constituir uno de los elementos fundamentales de la nueva ley, abandonando la presencia colateral que tiene en la ley 23/1992.
Se pasa de un tratamiento normativo parcial a una ley generalista. Así en el título preliminar se ha aprovechado para dar definición legal a conceptos o términos que hasta ahora permanecían jurídicamente imprecisos o indeterminados.
En el título II se da rango legal a algunos preceptos dedicados a la regulación de empresas de seguridad y despachos de detectives, o a los registros de ambos, que se unifican en el nuevo Registro Nacional de Seguridad Privada.
La nueva Ley define  a los despachos de detectives privados como las oficinas constituidas por uno o más detectives privados que prestan servicios de investigación privada. Además establece que son los únicos que podrán prestar con carácter exclusivo y excluyente los servicios de investigación privada en relación a personas, hechos o delitos sólo perseguibles a instancia de parte.
Dentro de los principios rectores y de conformidad con lo dispuesto en la legislación de fuerzas y cuerpos de seguridad, las empresas de seguridad, los despachos de detectives y el personal de seguridad privada tendrán especial obligación de auxiliar y colaborar, en todo momento, con aquéllas en el ejercicio de sus funciones, de prestarles su colaboración y de seguir sus instrucciones, en relación con los servicios que presten que afecten a la seguridad pública o al ámbito de sus competencias.
En relación a las prohibiciones se recoge específicamente que los despachos de detectives y los detectives privados no podrán celebrar contratos que tengan por objeto la investigación de delitos perseguibles de oficio ni, en general, investigar delitos de esta naturaleza, debiendo denunciar inmediatamente ante la autoridad competente cualquier hecho de esta naturaleza que llegara a su conocimiento, y poniendo a su disposición toda la información y los instrumentos que pudieran haber obtenido hasta ese momento, relacionado con dichos delitos.
Los detectives privados están obligados a guardar reserva sobre las investigaciones que realicen, y no podrán facilitar datos o informaciones sobre éstas más que a las personas que se las encomendaron y a los órganos judiciales y policiales competentes para el ejercicio de sus funciones.
Sólo mediante requerimiento judicial o solicitud policial relacionada con el ejercicio de sus funciones se podrá acceder al contenido de las investigaciones realizadas por los detectives privados.
Para poder prestar los servicios de Investigación Privada las empresas deben estar inscritas en el Registro Nacional de Seguridad Privada del Ministerio del Interior.
Sólo podrán abrir despachos de detectives privados y, en su caso, sucursales, las personas físicas habilitadas como tales y las personas jurídicas constituidas exclusivamente por detectives privados habilitados.
El nuevo texto normativo dispone las obligaciones de los detectives en la prestación de sus servicios, estableciendo la obligación de entre otras cosas de confeccionar el informe y ratificarlo en caso de ser requerido.
Respecto a los tipos de servicios de investigación privada a cargo de detectives privados, establece que consistirán en la realización de las averiguaciones que resulten necesarias para la obtención y aportación, por cuenta de terceros legitimados, de información y pruebas sobre conductas o hechos privados relativos al ámbito económico, laboral, mercantil, financiero y, en general, a la vida personal, familiar o social, exceptuada la que se desarrolle en los domicilios o lugares reservados. Los investigadores velarán por los derechos de sus clientes con respeto a los de los sujetos investigados.
La aceptación del encargo de estos servicios por los despachos de detectives privados requerirá, en todo caso, la acreditación, por el solicitante de los mismos, del interés legítimo alegado, de lo que se dejará constancia en el expediente de contratación e investigación que se abra.
En ningún caso se podrá investigar la vida íntima de las personas que transcurra en sus domicilios u otros lugares reservados, ni podrán utilizarse en este tipo de servicios medios personales, materiales o técnicos de tal forma que atenten contra el derecho al honor, a la intimidad personal o familiar o a la propia imagen o al secreto de las comunicaciones o a la protección de datos.
Los servicios de investigación privada se ejecutarán con respeto a los principios de razonabilidad, necesidad, idoneidad y proporcionalidad.
Se establece la obligación por cada servicio que realicen los detectives privados encargados del asunto de elaborar un único informe. En el informe de investigación únicamente se hará constar información directamente relacionada con el objeto y finalidad de la investigación contratada, sin incluir en él referencias, informaciones o datos que hayan podido averiguarse relativos al cliente o al sujeto investigado, en particular los de carácter personal especialmente protegidos, que no resulten necesarios o que no guarden directa relación con dicho objeto y finalidad ni con el interés legítimo alegado para la contratación.
En relación al tema de protección de datos, los informes de investigación deberán conservarse archivados, al menos, durante tres años, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 16.3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal. Las imágenes y los sonidos grabados durante las investigaciones se destruirán tres años después de su finalización, salvo que estén relacionadas con un procedimiento judicial, una investigación policial o un procedimiento sancionador. 

Escuela Europea de Policía

  1. Título:
    Reglamento (UE) nº 543/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo de 2014 que modifica la Decisión 2005/681/JAI del Consejo por la que se crea la Escuela Europea de Policía (CEPOL).
    Departamento:
    Unión Europea
    Publicación:
    DOUE (L) nº 163 de 29/05/2014, p. 5 a 6 (2 páginas)
    Ver documento:
    DOUE-L-2014-81120

Disposiciones publicadas en el BOE:


    1. Título:
      Orden PRE/875/2014, de 23 de mayo, por la que se modifican la Orden PRE/422/2013, de 15 de marzo, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los servicios centrales de la Dirección General de la Guardia Civil, y la Orden INT/1176/2013, de 25 de junio, por la que se establecen las normas específicas para la clasificación y provisión de destinos en el Cuerpo de la Guardia Civil.
      Departamento:
      Ministerio de la Presidencia
      Publicación:
      BOE nº 130 de 29/05/2014, p. 41030 a 41031 (2 páginas)
      Ver documento:
      BOE-A-2014-5593

sábado, 17 de mayo de 2014

Incidente en el Metro de Madrid

15 mayo 2014

Por Maria Jesús Arribas
Un vigilante de seguridad del metro de Madrid. (JORGE PARÍS)
Un vigilante de seguridad del metro de Madrid. (JORGE PARÍS)
Domingo 11 de mayo a las 11:45h, ascensor que une la línea de metro 7 con la 10, en Gregorio Marañón. El ascensor está averiado y una chica en silla de ruedas motorizada no puede acceder a la citada línea.
Con ayuda del personal de seguridad, se le ayuda a subir por la escalera mecánica, aunque les suponga problemas. Les acompañamos hasta las taquillas donde se pregunta a la jefa de estación por el estado del ascensor. Responde que la solución es que viaje hasta otra estación donde si funcionen los ascensores. Debido a su respuesta, nuestra siguiente pregunta fue si dicha persona tendría que viajar por toda la línea en caso de que en la siguiente estación no funcionen tampoco. Su respuesta fue nula.
Así mismo, nos dice que no hemos de creernos toda la publicidad que se dice sobre el metro, y lo peor de todo, llegó a decir que “gente” así, no tendrían por qué viajar en metro.
La señorita de silla de ruedas, y su acompañante, una persona mayor, reclamaron un taxi que las llevara a su lugar de destino: estación Puerta del Sur. Espero que el personal de seguridad no sea sancionado por esa acción solidaria, fueron los únicos que se dignaron a prestar ayuda.
Que sirvan estas líneas para afear la conducta de la jefa de estación, y pensar que puede que en algún momento, nos puede pasar a cualquiera de nosotros.

viernes, 16 de mayo de 2014

En caso de denegación de baja o emisión de alta por las Mutuas sin acuerdo del trabajador

24/04/2014 | SMC-UGT Salud Laboral

Cuando la mutua deniegue la baja o emita alta si el trabajad@r no está de acuerdo se deben de considerar dos situaciones: 
La mutua le ha dado la baja a un trabajad@r por accidente laboral, y cuando emite el alta médica, el trabajad@r no está en condiciones óptimas para trabajar: 

a) Se debe realizar una reclamación a la mutua, mostrando la no conformidad con el alta, en la que manifieste la paralización del proceso de recuperación para incorporarse a su trabajo de forma óptima, así como de las secuelas resultantes. La reclamación puede hacerse a través de la página Web de la Oficina Virtual de Reclamaciones de la Mutua de Accidentes de Trabajo, o directamente en la mutua a través de una Hoja de Reclamaciones. 

b) Posteriormente se tiene que reclamar ante el INSS por el alta médica emitida por la mutua (tenemos un plazo de 4 días naturales para poder reclamar el alta, que empiezan a contar desde la fecha en el que se ha emitido el alta). Si la realizamos en el plazo correcto se debe de entender que la baja es prorrogada, hasta que el INSS, emita una resolución que diga si es procedente o no el alta emitida por la mutua. Para poder reclamar, es necesario realizarla a través del modelo de Solicitud de revisión de alta médica por contingencias profesionales. Que os adjuntamos como Procedimiento Administrativo de Revisión. 

c) Si la resolución del INSS es de que el alta no era adecuada en el tiempo, la mutua tiene que responsabilizarse nuevamente de la baja, continuando con los tratamientos y rehabilitaciones necesarios, en definitiva queda suprimida el alta médica. 

d) Si por el contrario el INSS resuelve que el alta médica era adecuada, el trabajad@r tiene que incorporarse a su trabajo de forma inmediata, perdiendo la prestación económica que le correspondía por los días entre el alta médica y la decisión del INSS. 

e) Si el trabajad@r junto a la reclamación del alta al INSS, solicito la baja por contingencias comunes a su médico de cabecera, y este la hubiera considerado necesaria, al resolver el INSS la procedencia o no del alta de la mutua, tiene que resolver también si la baja del médico de cabecera era adecuada o no. 

Si la mutua deniega la baja al trabajad@r, o bien le dan el alta y el trabajador entiende que no está plenamente recuperado de sus dolencias, pero se ha pasado el plazo de 4 días para la reclamación al INSS, entonces: 

a) El trabajad@r debe de incorporarse a trabajar al día siguiente del alta médica de la mutua. 

b) Si el compañer@, entiende que no puede acometer su trabajo de forma correcta, o tiene molestias que le impiden realizarlo, deberá acudir a la mutua. Se debe de comunicar (dejando constancia) a su mando o jefe directo. 

c) Cuando se persone en la mutua, esta puede optar por dos soluciones: la primera sería la de volver a darle la baja por recaída o recidiva. La siguiente seria denegársela; si esto fuera así debería realizar lo siguiente: 
Como el trabajad@r no puede realizar su cometido habitual, y no tiene la baja médica por la mutua, debe de acudir a su centro de salud, para solicitar a su médico de cabecera la baja. Es necesario indicarle a nuestro medico todas las molestias que tenemos junto con los síntomas, también la forma de accidentarnos y cuando fue, la tareas y/o actividades que realizamos en el puesto de trabajo, las dificultades que encontramos para realizarlas y desarrollar nuestro trabajo, también si tenemos algún grado de no funcionalidad de algún miembro o postural, por el que no estemos completamente recuperados. Por ultimo explicarle la problemática suscitada con la mutua y el problema con la misma.
Si el trabajad@r ha recibido la baja por parte de su servicio de atención primaria, tendría que hacer una reclamación en su mutua por medio de una hoja de reclamaciones, o bien por la página web de la oficina virtual de reclamaciones de su mutua.
Después debe de realizar una reclamación ante el INSS para que se le reconozcan los daños, secuelas etc. que padece, son como consecuencia del accidente de trabajo y por lo tanto debería ser su mutua la que se hiciera cargo de su baja actual y no la seguridad social. Esta reclamación es una Determinación de Contingencias, en el modelo que os adjuntamos.

Observatorio Sectorial de la Seguridad Privada: Principios básicos de la contratación pública

1. Los límites al precio. 
Aunque se admite la consideración del precio como criterio de los procesos de adjudicación, el precio nunca debe convertirse en el único criterio de contratación y, en todo caso, no debe superar el 60% de la adjudicación. 
2. La prohibición de bolsas de horas y mejoras. 
En ningún caso, debe incluirse como criterios de adjudicación de los contratos derivados ni las Mejoras y aportaciones gratuitas o las "bolsa de horas". 
3. La exigencia del respeto del precio de mercado en la licitación. 
En los presupuestos de licitación deben recogerse todos los costes asociados a la prestación, incluyendo en particular los costes laborales. 
4. La exigencia del cumplimiento del convenio colectivo por los adjudicatarios. 
Es preciso garantizar a los trabajdores la aplicación y mantenimiento estricto de las condiciones laborales que establezca el convenio colectivo sectorial de vigilancia y seguridad vigente durante la prestación del contrato. 
5. La valoración de las ofertas temerarias. 
Debe considerarse como oferta temeraria aquella que sea inferior al coste laboral derivado del Convenio Colectivo, posibilidad amparada en lo dispuesto en la nueva Directiva Europea de Contratación Pública. 
6. El avance en mecanismos de compra innovadora. 
Es necesario avanzar en mecanismos de compra innovadora. 
7. El nombramiento de un responsable del contrato derivado, responsable de velar por la ejecución del mismo. 
Es preciso velar por una adecuada ejecución de los contratos, nombrando responsables de dicho proceso, muy en especial, en aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda, a la que alude la nueva Ley de Seguridad Privada. 
8. Las causas de resolución de los contratos. 
Debe considerarse como causa de resolución de los contratos una inadecuada prestación de los servicios, sirviendo de parámetro de exclusión en la licitación, de acuerdo con lo establecido en la nueva Directiva europa de contratación pública. 
9. El respeto de la normativa de seguridad privada como criterio de adjudicación. 
Es preciso incorporar como mecanismo de valoración de las ofertas el porcentaje de sanciones firmes en vía administrativa con respecto a la media de trabajadores del personal de seguridad. 
10. La creación de Comités de Seguimiento en la que estén integradas las organizaciones empresariales y sindicales representativas. 
Es perciso crear mecanismos que permitan velar por la adecuada ejecución de los contratos en los que se integren las organizaciones empresariales y sindicales representativas. 

jueves, 15 de mayo de 2014

MUJER DEL MEDITERRÁNEO


Posted: 12 May 2014 07:43 PM PDT


En 1978 se abrió en Málaga el primer Centro de la Mujer en España. Era el primer paso para acabar con la violencia de género: sacar el problema a la luz, ponerle nombre. Un terrorismo, que siempre había existido, empezaba, tímidamente, a figurar en la agenda política española. En 1995 se comienzan a contabilizar los asesinatos machistas.

“Antes, hace tres décadas, a lo mejor un hombre se emborrachaba y llegaba a su casa y le pegaba a la mujer, pero no la mataba como hoy ¿Por qué? Porque antes había un sentido moral, unos principios cristianos y unos valores que hoy no lo hay" Así predicaba el párroco de Canena la semana pasada en una misa de Primera Comunión que estaba siendo grabada.

Las muestras de condena han llegado desde todas las fuerzas políticas. Su torpe homilía ha servido también, para que se hable de este grave problema y, nos sorprendamos agradablemente, de que la mayor parte de la sociedad rechaza cualquier grado de violencia de género.

Padre, lo que sí ha ocurrido en los treinta años que van de 1980 a 2010, es que España ha sido el país de la OCDE que más ha reducido su brecha de desigualdad. Las españolas, en ese tiempo, nos hemos incorporado masivamente al mundo universitario y laboral, y muchas cuestionamos todo lo que no nos parece justo.

No nos gusta, por ejemplo, que el Arzobispado de Granada publique el libro “Cásate y sé sumisa” sobre el que la fiscalía reconoce que su contenido es “poco acorde con el papel de la mujer en la sociedad actual”. O que Rouco Varela sea quien decida sobre nuestros derechos sexuales y reproductivos. Ni que ser mujer se reduzca a ser Virgen María y madre o Eva pecadora e incitadora.
“Y Dios se hizo hombre” nos enseñaron, y por eso precisamente hay hombres que se creen Dios. En la Iglesia Católica aprendemos que el Papa, los obispos, los arzobispos y los curas son quienes deciden lo que está bien. Para hacerlo ya están las monjas y las feligresas.

Las religiones, en fin, con su ejemplo, legitiman para sus creyentes, el patriarcado de la sociedad.

Pilar de la Paz Moya es experta en género e igualdad de oportunidades

Publicado en Diario Jaén el 13 de mayo de 2014.


Piropo o agresiones callejeras

Posted: 12 May 2014 03:29 PM PDT


Un piropo se dice para halagar. Las agresiones callejeras son aquellas que incluyen cosas como: dar una opinión que no te han pedido, tono de burla o tono paternalista, palabras malsonantes, acercamiento físico intimidatorio, etc.
¿Porque un hombre desconocido que nos cruzamos en plena calles se permite el lujo de opinar sobre nuestra forma de caminar o de vestir ?

Es una demostración de poder, porque si un conjunto amplio de hombres intimidan a las mujeres de una sociedad podrán ofrecer “protección” a la que tienen en casa creando así una situación de dependencia. El acoso callejero, el mal llamado piropo, no es un halago, es otra forma que la sociedad tiene de hacer ver que el cuerpo de las mujeres es un espacio comunitario que se puede tocar, maltratar y sobre el que se puede opinar libremente. Es una manera de robar independencia a las mujeres que caminarán más inseguras por las calles y, por tanto, serán más vulnerables y más dependientes de los hombres.





http://colectivofeministasenmovimiento.wordpress.com/2012/06/05/el-cazador-cazado-un-proyecto-feminista-de-alicia-murillo/piropo/

La negociación colectiva, el instrumento que el Gobierno intenta suprimir y que la OIT obliga a respetar


Publicado en mayo 14, 2014

«Los órganos del Estado no deberían intervenir para modificar el contenido de los convenios colectivos libremente concertados y dichos acuerdos colectivos deben ser de cumplimiento obligatorio por las partes». Ha sido la propia Organización Internacional del Trabajo la que, en su último informe, ha recordado este principio internacional al Gobierno del Partido Popular. Un principio que nuestro gobierno se saltó a la torera con la reforma laboral.
El Comité de Libertad Sindical de la OIT reconoce en su informe 371º que la reforma laboral que impuso el Gobierno en el año 2012 vulnera no solo el derecho a la negociación colectiva de los convenios ratificados por España sino también los derechos de libertad sindical. Fue precisamente una queja presentada por los sindicatos el pasado 10 de mayo de 2012 lo que ha hecho que ahora el organismo internacional dé un tirón de orejas en toda regla al Gobierno español.
El Gobierno, en sus comunicaciones al Comité a raíz de la queja, se amparaba, entre otros argumentos, en la situación de crisis económica para justificar tanto las medidas adoptadas como el instrumento normativo utilizado, y solicitaba la desestimación de la queja. Pero no lo entiende así la Organización Internacional del Trabajo y en sus conclusiones llama la atención al Ejecutivo de Mariano Rajoy por la ausencia de consulta con las organizaciones sindicales más representativas. Recuerda además que los principios en materia de consulta son válidos también en períodos de crisis que requieren medidas urgentes.
Lo cierto es que desde su aprobación, la reforma laboral ha servido para que multitud de empresarios se descuelguen de los convenios colectivos o los sustituyan por otros con peores condiciones. En la actualidad 379.264 trabajadores y trabajadoras andaluces tienen bloqueados sus convenios colectivos y eso significa que sus condiciones laborales no están garantizadas. Sólo aquí en Andalucía hemos denunciado 368 convenios, entre otros motivos por practicar una ultraactividad limitada. Nuestro objetivo es acordar en estos casos que la ultraactividad sea indefinida, es decir, que a falta de un nuevo convenio negociado, se respeten y garanticen las condiciones acordadas en el anterior. Hablamos de 213.972 trabajadores y trabajadoras que han perdido o están a punto de perder la protección laboral que les ofrece la negociación colectiva. Solo por dar algunas cifras, en el sector de la construcción de Cádiz, Huelva y Jaén hay alrededor de 70.000 trabajadores cuyos convenios están a punto de perder su eficacia y 20.000 más del sector del comercio de Huelva y Sevilla. La reforma laboral del PP ha facilitado además que cerca de 900 empresas andaluzas se hayan descolgadode los convenios colectivos en 2013 y lo que llevamos de 2014, es decir, actualmente no aplican las condiciones de trabajo.
Para UGT Andalucía la negociación colectiva es la expresión genuina, primaria y primordial del diálogo social. Es el mejor instrumento con que contamos para introducir modificaciones significativas en las mejoras de las condiciones laborales de los trabajadores y trabajadoras. Defendemos firmemente la negociación colectiva como uninstrumento de reparto de riqueza que el Gobierno del PP quiere borrar de un plumazo. De ahí la importancia de esta llamada de atención proferida por la Organización Internacional del Trabajo.
Ahora solo queda que el Gobierno asuma las recomendaciones de la OIT y por eso, las centrales sindicales ya han solicitado una reunión con la Ministra de Empleo, Fátima Báñez, para conocer las medidas que el Gobierno prevé adoptar para dar cumplimiento a las conclusiones de la Organización Internacional del Trabajo y enmendar la situación denunciada. Es una prioridad que el Gobierno revierta la reforma laboral, injusta y regresiva, obligue a los empresarios a respetar los compromisos asumidos en los convenios colectivos y se restablezca la acción protectora a los trabajadores frente a privatizaciones, externalizaciones, subcontrataciones, etc.
En nuestro programa de acción hemos fijado unos objetivos básicos en negociación colectiva que pasan por potenciar la negociación sectorial en su ámbito autonómico, y en su caso, provincial; incluir cláusulas que eviten la eliminación de la ultraactividady de los arbitrajes obligatorios; reforzar el papel de las comisiones paritarias como instrumentos preventivos de la conflictividad; integrar un conjunto de acuerdos sobre estructura salarial; introducir en la negociación sectorial el concepto de Salario Mínimo Garantizado para asegurar un suelo retributivo; incluir cláusulas derevalorización salarial automática; evitar la atomización de la negociación colectiva; definir las condiciones necesarias en caso de descuelgue salarial; fomentar la utilización del SERCLA, el Servicio Extrajudicial de Resolución de Conflictos Laborales; incorporar una comisión paritaria en la representación de las partes negociadoras; y defender la mejora de las condiciones de trabajo como elemento primordial para la preservación de la seguridad y la salud de los trabajadores y las trabajadoras.
Tal y como concluye el Comité de Libertad sindical de la OIT, “las reglas esenciales del sistema de relaciones laborales y de negociación colectiva deben ser compartidas en la mayor medida posible por las organizaciones de trabajadores y de empleadores más representativas”, cosa que en nuestro país el Gobierno ni tan siquiera ha intentado. Desde UGT nos sumamos a la invitación expresada por la Organización Internacional del Trabajo para que el Gobierno promueva un diálogo tripartito sobre la reforma laboral.
Lo que ha quedado claro, por tanto, es que la crisis económica no es una causa que justifique la vulneración de los convenios internacionales suscritos por España en materia de libertad sindical y negociación colectiva. En el caso del sector público, es necesario que el Gobierno entienda que ante una situación de empleo y económica excepcional, como la que estamos viviendo, la solución no pasa por imponer una renegociación o una suspensión o derogación de los convenios colectivos sino negociar con las partes promoviendo el diálogo social. Como licenciada en derecho me gustaría recordarle al Gobierno que el derecho a la libertad sindical está consagrado en el artículo 28 de nuestra Constitución y el de negociación colectiva en el artículo 37. Y ambos derechos son por ley de obligado cumplimiento.

El CNP inicia la segunda fase de su Plan Estratégico para la Seguridad Privada

24/02/2014

El Cuerpo Nacional de Policía (CNP) ha comenzado la segunda etapa de su Plan Estratégico para la Seguridad Privada (Segurpri) que comprenderá los años 2014-2015. De esta forma, el Cuerpo dará continuidad a este proyecto para el sector privado de la seguridad que se puso en marcha en 2008. Los principales ejes de esta segunda fase son mejorar la gestión administrativa y operativa, aumentar la colaboración y la operatividad y adecuar el marco normativo
El director general de la Policía, Ignacio Cosidó, presentó el pasado 28 de enero, en el Complejo Policial de Canillas, esta segunda fase del Plan Segurpri, que se desarrollará bajo el nombre de Programa PIENSA (Plan de Impulso Estratégico Nacional para la Seguridad Actual). El responsable del Cuerpo Nacional de Policía destacó ante casi 300 profesionales del sector de la Seguridad Privada “la importancia de impulsar la colaboración y cooperación en materia de seguridad, promoviendo iniciativas conjuntas que incidan en una mejora y eficiencia de la seguridad pública”.
Para la implementación de esta fase, el CNP tiene previsto poner en marcha diversos planes, programas y proyectos de trabajo divididos en los tres grandes ejes de actuación. El comisario Esteban Gándara, jefe de la Unidad Central de Seguridad Privada (UCSP), desgranó las principales características de las medidas que se llevarán a cabo a lo largo del periodo 2014-2015.
Mejor gestión
El primer eje es la mejora de la gestión administrativa y operativa. El CNP pretende consolidar definitivamente la completa implantación de la Administración Electrónica, con el consiguiente perfeccionamiento de la Base de Datos Segurpri. Esta consolidación se llevará a cabo a través de la puesta en marcha de sendos proyectos de comunicaciones electrónicas para el contacto entre las empresas de seguridad y la UCSP; y las comunicaciones entre las CRA (Centrales Receptoras de Alarmas), Salas Operativas del 091 y las patrullas policiales que se encuentran en la calle.
El primero de ellos es el proyecto PLACER (Plataforma de Comunicaciones Electrónicas Reglamentarias), a través del que se permitirá la ejecución de las obligaciones administrativas que tienen las empresas de seguridad privada y la propia administración de control, como son comunicaciones, libros y notificaciones electrónicas, así como el archivo electrónico de productos certificados.
La segunda fase del Plan tiene como objetivos mejorar la gestión administrativa y operativa, aumentar la colaboración y adecuar el marco normativo
El segundo proyecto tecnológico consiste en la generación de una plataforma informática a desarrollar que llevará el nombre de SIGA (Sistema Inteligente de Gestión de Alarmas). Esta plataforma pondrá en contacto a las Centrales Receptoras de Alarmas (CRA) y las Salas Operativas del 091, que comunicarán posteriormente con la patrulla policial encargada de la actuación. De esta forma, dicho proyecto permitirá el cumplimiento de esta obligación operativa que tienen las CRA, cuya finalidad es dotar de mayor seguridad la comunicación y actuación en casos de alarmas.
405_Plan estratégico seguridad Privada 2
El director general de la Policía presentó la segunda fase del Plan en el Complejo Policial de Canillas
Esas comunicaciones seguirán un Protocolo de Actuación Policial con dos partes: una es el procedimiento de comunicación electrónica de alarmas (PROCEDA), mediante el que las CRA transmitirán información de datos, imagen y audio al 091; y la otra es el procedimiento de respuesta e intervención segura ante alarmas (PRISA), que contiene las normas y principios básicos de actuación para la intervención de la patrullas policiales que atienden las alarmas. 
Más colaboración
El segundo eje persigue el aumento de la colaboración y la operatividad. Mediante su puesta en marcha, el CNP quiere profundizar en el desarrollo y aplicación del Plan de colaboración con la Seguridad Privada Red Azul, al que ya están adheridas más de 500 empresas del sector. Con ese objetivo, la autoridad nacional de control de la seguridad privada desarrollará, por un lado, el programa Controla del Plan Red Azul con el establecimiento de una estrategia de lucha contra el intrusismo. Dicha estrategia pasa por: la explotación del marco normativo, un compromiso leal de colaboración (que incluye dos acuerdos de colaboración, uno interadministrativo entre el CNP y las autoridades de control laboral, tributario y fiscal; y otro entre el CNP y el Observatorio Sectorial de Seguridad Privada), un esfuerzo informativo a sectores interesados y la exigencia del cumplimiento legal, para lo que se prevé reforzar las inspecciones mediante la elaboración del nuevo Plan Nacional de Inspección de seguridad privada.
Por otro lado, dentro de este eje, el CNP pretende desarrollar el proyecto Red Azul Internacional, en apoyo y colaboración de la División de Cooperación Internacional del Cuerpo. Se trata de la vertiente internacional del Plan Red Azul con la puesta en marcha de actuaciones relacionadas con la acción exterior de España. Para hacerla realidad, el CNP desarrollará tres iniciativas: una es contribuir al normal funcionamiento de la Red Europea de Autoridades de Control de la seguridad privada, establecida por Recomendación del Consejo, de 13 de junio de 2002; en segundo lugar, impulsar la creación de la Red Iberoamericana de Autoridades de Control de la seguridad privada, y en tercero ayudar a la seguridad de las empresas españolas en sus procesos de internacionalización.
Adecuación normativa
El tercer y último eje de la segunda fase del Plan Estratégico para la Seguridad Privada es el de adecuación del marco normativo. Durante el periodo 2014-2015, el CNP contribuirá a la definitiva aprobación de la nueva Ley de Seguridad Privada, mediante el Programa Reforma, pero además prevé completar la modificación normativa emprendida en los últimos años. Esto incluye la elaboración del borrador de Anteproyecto de nuevo Reglamento de Seguridad Privada y las posibles Órdenes Ministeriales y Resoluciones derivadas del mismo. 
En este eje también se promoverá la integración de los aspectos relativos a la seguridad privada en el articulado del Anteproyecto de Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana y coadyuvará a que el Proyecto de Reforma del Código Penal mantenga las previsiones relativas al personal de seguridad privada en los delitos de atentado, resistencia y desobediencia a la autoridad y sus agentes.
Objetivos cumplidos
El Plan Estratégico Segurpri se puso en marcha en octubre de 2008 con los objetivos de mejorar la seguridad ciudadana, aumentar la calidad de los servicios de seguridad privada y reducir el intrusismo del sector. La primera fase del Plan comenzó un año después bajo el nombre de Programa MIRA, cuyos ejes de actuación eran mejorar la gestión, impulsar la operatividad, reformar el marco normativo y aumentar la colaboración.
Entre los logros alcanzados durante los cinco años que ha abarcado la primera fase, el comisario Gándara destacó varios, entre otros, la estructuración de un nuevo organigrama organizativo y funcional del CNP; una mejora del clima laboral en toda la organización; la adopción de medidas de modernización, eficiencia y ahorro; una mejora en la gestión con efectos favorables en el ámbito operativo; una “notable” mejora de la captación de información y colaboración por parte del sector; el impulso de nuevas normativas como las Órdenes Ministeriales o la nueva Ley de Seguridad Privada; el reconocimientos institucional y ciudadano, y haber mejorado la imagen exterior de la UCSP. Todas esas actuaciones que se programaron entonces, “están dando frutos ahora y tenemos que avanzar”, indicó el comisario.
Antes de despedirse, el responsable de la UCSP manifestó que el sector de la seguridad privada es, desde la óptica del CNP, “el instrumento para poder servir al ciudadano español prestándole una mejor seguridad ciudadana”. “Por ello –añadió–, cuanto mejor sirva el CNP a los profesionales de la Seguridad Privada, mejor estará contribuyendo a la seguridad del país”. 

domingo, 11 de mayo de 2014

UGT denuncia a la nueva contrata de limpieza de Nissan por incumplir la subrogación y despedir a tres trabajadores.

UGT denuncia a la nueva contrata de limpieza de Nissan por incumplir la subrogación y despedir a tres trabajadores.

El sindicato demandará a Acciona y de manera subsidiaria a la fábrica corraliega de automóviles  por no respetar el convenio colectivo

La Federación de Servicios (FES) de UGT anunció hoy su intención de demandar ante los tribunales de justicia a la nueva contrata del servicio de limpieza de la fábrica de Nissan en Los Corrales de Buelna, Acciona Facility Services, por despedir a tres trabajadores de la anterior adjudicataria e incumplir la subrogación de plantilla estipulada en el convenio colectivo.
Según precisó hoy el sindicato, la demanda se interpone, tanto contra Acciona como de manera subsidiaria contra Nissan, “por el despido de tres trabajadores decididos por la empresa subcontratada con el beneplácito de la empresa matriz”.
FES-UGT destaca que “es la primera vez que una empresa contratada por Nissan para el servicio de limpieza de su planta productiva en Los Corrales de Buelna incumple de manera flagrante el convenio colectivo y la subrogación de plantilla que estipula su contenido”.
El sindicato critica que “es lícito que una empresa busque ahorrar costes pero no siempre a costa de los trabajadores y de sus legítimos derechos laborales, sociales y económicos, y menos, si se trata de la empresa que incumple en este caso la legalidad vigente y de la que la contrata para ello”.

martes, 6 de mayo de 2014

La UGT gana las elecciones sindicales celebradas en la empresa Seguriber y en el Teatro Gayarre


La UGT gana las elecciones sindicales celebradas en la empresa Seguriber y en el Teatro Gayarre

05/05/2014

La UGT ha ganado las elecciones sindicales celebradas en la empresa de seguridad Seguriber, al obtener 15 votos y los 3 delegados en juego; CCOO ha logrado 1 voto y se ha quedado sin representación. Con anterioridad, esta empresa superaba los 50 trabajadores y contaba con un Comité de Empresa integrado por 3 delegados de la UGT y 2 de CCOO.

Por otra parte, la UGT también ha logrado 1 delegado en el Teatro Gayarre, con el apoyo de 14 de los 15 trabajadores que el teatro tiene en plantilla. La anterior representación, también 1 delegado, correspondía a la UGT.

GUÍA DE AYUDAS SOCIALES PARA FAMILIAS 2014


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sábado, 3 de mayo de 2014

Residencias de Tiempo Libre Junta de Andalucía.Sorteo Temporada Alta de Verano 2014.

Estimado/a usuario/a: 

Le comunicamos que se ha publicado la noticia: Sorteo Temporada Alta de Verano 2014. 

Para ver el contenido completo de la misma pulse en el siguiente enlace (o copie la dirección en su navegador web): http://www.juntadeandalucia.es/empleo/wrtl/Noticia_ficha.do?id=176&todas=no_por 

Reciba un cordial saludo,
Servicio de Tiempo Libre.
Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.
Junta de Andalucía.