jueves, 6 de abril de 2023

Campaña Renta 2022: ¿en qué fechas me puede hacer Hacienda la declaración?

Almudena Nogués
Málaga

Campaña Renta 2022: ¿en qué fechas me puede hacer Hacienda la declaración?

Se aproxima la hora de rendir cuentas al Fisco. El calendario arrancó el pasado 15 de marzo y se prolongará hasta el 30 de junio. Repasamos los días que hay que marcar en rojo

Con la primavera llega un año más la Campaña de Renta. Toca rendir cuentas con el Fisco por el ejercicio fiscal 2022. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un tributo que deben pagar al Estado los ciudadanos residentes en España. Grava la renta que se ha obtenido a lo largo de un año, teniendo en cuenta las circunstancias personales y familiares de cada cual. El calendario avisa, pues, que se aproxima la hora de hacer números. Una maraña de fechas que se inició el pasado 15 de marzo y que se prolongará hasta el 30 de junio. Hay quienes recurren a asesores fiscales. Sin embargo, muchos ciudadanos prefieren que sea el Fisco el que directamente les ayude en esta tarea. En este último supuesto, hay que anotar los días clave. A partir del 5 de mayo la Agencia Tributaria podrá confeccionar tu declaración por teléfono (la solicitud de cita se abrirá el 3 de mayo). Quienes elijan hacerlo de manera presencial podrán hacerlo en oficina desde el 1 de junio (en este caso se podrá reservar la cita desde el 25 de mayo).

Para ser atendido por la Agencia Tributaria tanto por teléfono como presencialmente, hay que concertar previamente cita, por Internet o llamado a los siguientes números de teléfono: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44.
Dispuesta a ayudar al contribuyente a agendarse los días clave, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha publicado un listado completo. ¡Toma nota!:

- A partir del 15 de marzo ya puedes consultar los datos fiscales que Hacienda posee sobre ti, tanto a través de la web como de la App de la Agencia Tributaria.

- Del 11 de abril al 30 de junio puedes modificar y presentar tu declaración por vía electrónica, tanto a través de Renta WEB o de la APP.

- Desde el 3 de mayo podrás solicitar cita previa para la confección de la declaración por vía telefónica .

- A partir del 5 de mayo la Agencia Tributaria iniciará las llamadas a los que solicitaron cita para modificar y presentar la declaración por vía telefónica.

- A partir del 25 de mayo comienza la solicitud de cita previa para atención presencial en las oficinas.

- El 1 de junio se iniciará el plazo para la modificación y presentación de declaraciones de manera presencial a las personas que solicitaron cita previa para acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria y de otras entidades colaboradoras.

- El 27 de junio finalizará el plazo de presentación si te toca pagar y deseas domiciliar el pago.

- El 29 de junio acabará el plazo para poder concertar cita previa tanto para prestar la declaración vía telefónica como en las oficias de la Agencia Tributaria

- El 30 de junio es el último día del plazo para presentar las declaraciones de Renta y Patrimonio.

¿Tengo que declarar?
Un año más, a mucho les asalta la misma duda: ¿estoy obligado a presentar la declaración? Al respecto, la OCU también hace unas aclaraciones y recuerda los supuestos en los que se está exento de dicho trámite:- Aquellas personas cuyos ingresos íntegros del trabajo no superen los 22.000 euros.

Si los ingresos del trabajo proceden de más de un pagador, este límite se reduce a 14.000 euros siempre que las cantidades recibidas por los demás pagadores superen los 1.500 euros. En uno y otro caso deben cumplir el resto de requisitos para no declarar.- Si en 2022 recibiste prestaciones por un ERTE, se consideran a estos efectos rendimientos del trabajo y debes incluirlos en la declaración. Por tanto, si además del ERTE recibes otros ingresos del trabajo, se considera que existe más de un pagador.

- Sí están obligados a presentar la declaración los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital, sean cuáles sean sus ingresos. Esta obligación afecta tanto al titular como a quienes convivan con él (menores o no) con independencia de que el importe percibido esté o no exento, ya que la obligación de declarar es un requisito necesario para su cobro.

- Sí están obligados a presentar la declaración los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital, sean cuáles sean sus ingresos. Esta obligación afecta tanto al titular como a quienes convivan con él (menores o no) con independencia de que el importe percibido esté o no exento, ya que la obligación de declarar es un requisito necesario para su cobro.

¿Cuáles son las novedades este año?
A diferencia de otros años, las novedades -como recuerda la OCU- son escasas. La más notoria afecta a la fiscalidad de los planes de pensiones, pues, por segundo año consecutivo se ha reducido el límite total de aportaciones individuales que un mismo contribuyente puede realizar a sistemas de previsión social de cualquier tipo (asociados, individuales, empleo) y a planes de previsión asegurado (PPA): ha pasado de 2.000 a 1.500 euros, siempre que el total de aportaciones no sobrepase el 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades profesionales. «Si has aportado por encima de esos límites, no solo no podrás recortar el exceso de la base imponible, sino que pueden incluso sancionarte», advierten.

El límite de aportaciones que el empleador puede realizar en favor de su empleado en los planes de empleo se eleva de 8.000 hasta 8.500 euros, de nuevo siempre que la cuantía total se mantenga debajo del 30% de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas del partícipe. Además, como novedad también se incluyen en este límite las aportaciones del trabajador a ese mismo plan, siempre por un importe igual o inferior a la respectiva contribución empresarial

Número de referencia
Entre los primeros pasos clave para iniciar el rendimiento de cuentas con el Fisco, la OCU recuerda la importancia de obtener el número de referencia. «Si no tienes DNI electrónico, o si no usas certificado digital ni Cl@vePIN, debes solicitar dicho número, con el que puedes identificarte en la web de la Agencia Tributaria», explican desde la organización.

Para pedirlo a través de la web será necesario introducir el importe de la casilla 505 de la pasada declaración Renta 2021, el número del DNI y su fecha de validez o expedición. «Si no hiciste esa declaración o el resultado de la casilla 505 hubiera sido igual a cero, necesitarás el número IBAN de una cuenta bancaria en la que figures como titular», indican. El proceso también puede efectuarse a través de la app de la Agencia Tributaria.

Fuente:https://www.diariosur.es/economia/mibolsillo/campana-renta-2022-fechas-puede-hacienda-declaracion-20230406123619-nt.html

viernes, 23 de diciembre de 2022

Guía para no perderse en la crisis abierta por el Constitucional y el bloqueo del Poder Judicial

Han sido varios los compañeros que me han preguntado por este tema pues no entendían por donde iba la cosa, pero claro para comentar primero tengo que entenderlo yo, así que me he puesto a buscar por internet y esto es lo que me he encontrado.




El Tribunal Constitucional insiste en que el Senado no puede votar la reforma que conllevará la renovación de ese mismo tribunal. Lo dijo el lunes y lo ha reiterado el miércoles, en una decisión insólita en democracia que ha generado una crisis institucional con el Gobierno, el Congreso y el Senado enfrentados al tribunal de garantías.

El episodio de esta semana, que incluye obviar un informe de la Fiscalía que pedía a dos magistrados que se apartasen de las deliberaciones, es en realidad el último capítulo de un bloqueo institucional que el PP ha impuesto en el Consejo General del Poder Judicial, que el sector conservador de ese organismo ha extendido al Constitucional, y que algunos magistrados de ese tribunal han impuesto ahora para evitar ser renovados. Esta es una guía para no perderse en la maraña de bloqueos institucionales que se inició hace cuatro años.

¿Cuál es el punto de partida de la crisis?

Hay que remontarse a 2018. En junio de ese año caducó el mandato de los 20 vocales del Consejo General del Poder Judicial, que llevaban en el cargo desde 2013, y que reflejaban la mayoría parlamentaria de 2011, cuando el PP se alzó con la mayoría absoluta.


PSOE y PP llegaron a un acuerdo a los pocos meses para un reparto de los nuevos vocales que dejaba en el Consejo una mayoría progresista, pero saltó por los aires. Se filtró un mensaje de WhatsApp de Ignacio Cosidó, portavoz del PP en el Senado, que transmitía una especie de argumentario para defender el acuerdo entre quienes no lo veían con buenos ojos, ya fuesen compañeros o periodistas.

El mensaje incidía en que los conservadores se habían quedado con la presidencia a través de la figura de Manuel Marchena, presidente de la Sala de lo Penal del Supremo. Cosidó destacó que iba a lograr atraer a todos los vocales a sus posiciones y que su nombramiento también permitía controlar “desde detrás” esa sala del Supremo, por la que pasan los casos de corrupción política. Marchena renunció a la presidencia ante el escándalo y el acuerdo no se cerró.

¿Por qué no se ha renovado el CGPJ desde entonces?

En estos cuatro años, el PP ha ido poniendo diferentes excusas para no sentarse a negociar la renovación del Poder Judicial. En 2019 apenas hubo contactos debido a las diferentes citas electorales y en la primera mitad de 2020 la crisis de la COVID alejó cualquier posibilidad de reanudar la negociación.

Desde ahí, todos los intentos se han frustrado por diferentes excusas del PP: por las críticas de Podemos a la monarquía, por los acuerdos del Gobierno con Bildu, por los nombres de los candidatos progresistas, porque no se cambiaba el sistema de elección o por los cambios legales para impedir que el CGPJ hiciera nombramientos cuando, como ahora, está en funciones.

Ya con Alberto Núñez-Feijóo se frustró el último intento por la campaña de la derecha política y mediática contra el acuerdo. Ese intento vino forzado por la dimisión del presidente del CGPJ, Carlos Lesmes, que renunció el pasado octubre para intentar obligar a los partidos a pactar la renovación que sigue sin producirse.

¿Qué tiene que ver el CGPJ con el Constitucional?

Hay una cuestión clave, en la que ahora estamos inmersos, que une al Gobierno del Poder Judicial con el Constitucional. De los 12 magistrados que componen el tribunal de garantías, dos son nombrados por los vocales del Consejo. Lo hacen a la par que el Gobierno, que también nombra a cuatro candidatos.

¿Cómo se eligen los magistrados del Tribunal Constitucional?

Los 12 miembros del Constitucional se renuevan por tercios. Cada tres años salen cuatro magistrados y entran otros cuatro.

La renovación del tercio correspondiente al Senado se produjo en marzo de 2017 y la del Congreso en noviembre pasado. El pasado 12 de junio debía haberse renovado el tercio que se reparten a partes iguales, dos cada uno, el Gobierno y el Consejo General del Poder Judicial.

La renovación del Tribunal Constitucional.

¿Cuál es la mayoría actual y por qué es importante esta renovación?

Ahora mismo hay seis conservadores y cinco progresistas. El Constitucional cuenta en la actualidad con 11 y no 12 magistrados porque uno de los integrantes del sector conservador, Alfredo Montoya Melgae, sufrió un grave ictus el año pasado y finalmente ha renunciado a su puesto por motivos de salud.

El cambio de los cuatro magistrados del tercio del Congreso mantuvo la correlación de fuerzas entre conservadores y progresistas intacta. Pero los nombramientos que deberían hacerse ahora sí la cambiarán: saldrían tres conservadores y un progresista, y entrarían tres progresistas –dos nombrados por el Gobierno y otro por el bloque progresista del CGPJ– y solo un conservador –el de los vocales del Poder Judicial nombrados por el PP–.

El cambio, por tanto, provocaría que el Tribunal Constitucional pasara a tener una mayoría de jueces de tendencia progresista. Y es aquí donde ha llegado el bloqueo.

¿Por qué el Gobierno no puede nombrar a los suyos?

La ley dice que los magistrados se nombran en grupos de cuatro. Es decir, para que el Gobierno nombre a los suyos, debe nombrar el CGPJ a los que les corresponde. El Ejecutivo solo tiene que designarles; pero en el Poder Judicial hace falta una votación.

La Ley establece que los candidatos deben recibir el apoyo de tres quintos de los miembros del órgano. En la actualidad son 17 vocales, tras la jubilación de Rafael Fernández Valverde, el fallecimiento en julio de María Victoria Cinto y la dimisión de Lesmes, por lo que se necesitan 11 votos para sacar adelante esas designaciones.

Los 17 vocales que componen ahora el CGPJ se reparten de la siguiente forma: diez a propuesta del PP, seis del PSOE, uno de IU y otro del PNV. Así, ninguno de los dos sectores reúne por sí solo los 11 votos que se necesitan para la elección de los dos magistrados del Constitucional que le corresponden, por lo que cualquier nombramiento tiene que tener el respaldo de miembros de ambas corrientes. El resultado debería ser un magistrado de corte conservador y otro de tendencia progresista, de acuerdo con la costumbre.

¿Por qué ambos bloques no llegan a un acuerdo?

Los vocales conservadores llevan meses bloqueando ese acuerdo con todo tipo de excusas, con el único fin de no renovar el Constitucional. Primero pidieron condiciones claras para negociar, luego estuvieron semanas diciendo que no encontraban un candidato, pidieron también esperar a ver si la UE les respaldaba en su batalla contra el Gobierno, y la última excusa es que no les gusta el candidato progresista, el juez del Tribunal Supremo José Manuel Bandrés.

Esta es, quizá, la más significativa. Los conservadores han decidido vetar al candidato de los progresistas, cuando la costumbre dice que cada bloque propone a quien quiere y el otro grupo no puede vetarle.

¿Qué ha hecho el Gobierno ante ese bloqueo?

Primero estableció un plazo legal al CGPJ, al que le dijo que para el pasado 13 de septiembre tenía que poner sus dos candidatos sobre la mesa. Lo incumplieron, así que semanas después el Gobierno optó por nombrar unilateralmente a sus candidatos: el exministro Juan Carlos Campo y la catedrática Laura Díez.

El Constitucional tenía que haber celebrado un pleno para darles el visto bueno y que entraran a formar parte del tribunal. El presidente, Pedro González-Trevijano, se comprometió con varios magistrados a esperar a ver si el CGPJ nombraba a sus candidatos para proceder a nombrar a los del Gobierno, pero de momento ha incumplido esa promesa.

¿Y qué ha generado la crisis que atravesamos ahora?

La última medida del Gobierno para evitar el bloqueo fue añadir unas enmiendas a la ley que se estaba tramitando en el Congreso y que modificaba los delitos de malversación y sedición.

Ese cambio legal modifica la mayoría necesaria en el CGPJ para impedir que los vocales conservadores bloqueen la elección de los magistrados al Constitucional, les establece plazos estrictos y les amenaza con consecuencias penales si los incumplen. Además, elimina la necesidad de que el Constitucional dé el visto bueno a los candidatos del Gobierno, lo que les permitiría acceder directamente. Pero el Constitucional ha parado esa reforma.

¿Por qué el Constitucional ha impedido votar esa reforma?

El PP presentó un recurso en el que argumentaban que se cercenaban sus derechos políticos porque el trámite de urgencia no les permitía presentar enmiendas y alegaban también que no se puede modificar una ley tan importante mediante enmiendas a otra que no tiene nada que ver. Esa es una práctica extendida pero censurada por el tribunal de Garantías.

El Constitucional aceptó el recurso, pero tomó una decisión inédita en democracia. En lugar de examinar la ley una vez aprobada –faltaba el trámite del Senado–, decidió impedir que la cámara alta celebrase una comisión y una votación. Por primera vez, interrumpió un proceso legislativo.

¿Por qué es tan polémica su decisión?

Por un lado, porque varios magistrados del propio Constitucional y expertos afirman que no puede interrumpirse la tramitación de una ley, y que solo puede examinarse una vez adquiera su redactado final, es decir, después de pasar por el Senado. Aunque la mayoría coincide en que la fórmula empleada por el Gobierno no es la correcta, apuntan a que la forma de pronunciarse no es irrumpir en el proceso legislativo a la mitad.

En el propio tribunal había un informe del secretario general del pleno, el letrado del tribunal con mayor rango, que se mostraba contrario a esa paralización. Había un informe en sentido contrario del letrado de Enrique Arnaldo, el magistrado que se ha encargado de la ponencia de este asunto.

El otro elemento de polémica es que en la decisión del tribunal han sido claves dos magistrados que, de salir adelante la reforma, perderán su puesto. Son Antonio Narváez y el propio presidente, Pedro González-Trevijano. A pesar de estar directamente afectados por el asunto que se trata, han rechazado apartarse.

Si están afectados por la reforma, ¿por qué no se apartan de la decisión?

No hay una respuesta oficial a esa pregunta. La Fiscalía emitió un informe en el que pedía que se dejase al Senado votar la reforma y en el que señalaba que, para tomar esa decisión, tanto González-Trevijano como Narváez debían apartarse para garantizar la “apariencia de imparcialidad”.

Pero ambos rechazaron hacerlo el lunes, en el primer pleno, y también el miércoles, cuando se celebró un segundo pleno a petición del Senado. En la primera ocasión participaron en la votación para negar la legitimidad a los partidos que les pedían apartarse; en el segundo, González-Trevijano obvió la petición de la Fiscalía.

En cualquier tribunal ordinario, ante una petición de recusación, los jueces afectados tienen que dejar que sus compañeros decidan, en votación, si hay razones o no para apartarles de las deliberaciones. También en el Constitucional. Pero en esta ocasión ni se han apartado ni han permitido a sus compañeros que voten.

Hay una explicación matemática. Si se apartan, los progresistas pasan a tener mayoría por un voto. Es decir, se impondrá su tesis de que el Senado puede votar la reforma, se aprobaría y tanto Trevijano como Narváez perderán su puesto.

¿Y ahora qué pasa?

El Senado tiene paralizada la reforma. El Gobierno quiere impulsar una proposición de ley que contenga lo mismo que las enmiendas, pero que ahora se tramite por los cauces correctos, aunque eso dilatará varios meses el desbloqueo del Constitucional.

Fuente:https://www.eldiario.es/politica/guia-no-perderse-crisis-abierta-constitucional-bloqueo-judicial_1_9815694.html

Conclusiones que sacan algunos:

martes, 30 de agosto de 2022

Elecciones a Comité de Centro, ¿que podéis esperar de nosotros?

 Buenas.

Como ya sabéis el día 1 de septiembre tenemos las elecciones para comité de centro. En los días previos a las elecciones es cuando vienen todas esas promesas grandilocuentes para el futuro, " haremos esto y lo otro", "somos así y asao",cosas de estas. Nosotros no vamos a referirnos al futuro sino al pasado,ya nos conocéis y sabéis cómo funcionamos, pero por si queréis refrescaros la memoria os propongo que visitéis los siguientes enlaces :

https://www.ss-seguridad.com/p/a-la-inspeccion-de-trabajo26-02-2014.html?m=1

https://www.ss-seguridad.com/p/denuncias-2.html?m=1

https://www.ss-seguridad.com/2016/01/comunicado-de-la-seccion-sindical-de.html?m=1

https://www.ss-seguridad.com/2015/10/grupo-control-malaga-cuidado-con-lo-que.html?m=1

https://www.ss-seguridad.com/2015/10/grupo-control-malaga-cuidado-con-lo-que_14.html?m=1


Eso hicimos en el pasado porque hizo falta, lo volveremos a hacer en el futuro cuando haga falta.


saludos.