martes, 28 de mayo de 2019

¿COMO HALLAR EL VALOR DE LA HORA EXTRAORDINARIA?


 
Artículo 53. Horas extraordinarias.
Tendrán la consideración de horas extraordinarias las que excedan de la jornada ordinaria establecida en el artículo 52 de este Convenio Colectivo:
a) En el supuesto de servicios que se gestionen con cuadrante anual, las que excedan de las reflejadas en el reparto mensual de cada trabajador.
b) En el resto de los servicios, cuando excedan de 162 horas mensuales.
Las horas extraordinarias se compensarán en descansos o se abonarán de acuerdo con lo establecido en el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores.
Para la determinación del valor de la hora extraordinaria, según el nivel funcional del trabajador, se tomará como mínimo el valor de la hora ordinaria, obtenido de dividir el importe del salario ordinario en cómputo anual, integrado por los conceptos establecidos en el Convenio de salario base, conceptos salariales de las pagas extraordinarias y, en su caso, los pluses que correspondan de Peligrosidad mínimo, de Peligrosidad garantizado, de Actividad, de Escolta, de Residencia en Ceuta y Melilla y antigüedad, por el número total de horas de trabajo anuales que componen la jornada ordinaria pactada.
En todo caso, quedan excluidas las retribuciones extrasalariales establecidas en el Convenio colectivo, como el Plus de Distancia y Transporte y Plus de Mantenimiento de Vestuario y otras indemnizaciones y suplidos.
Adicionalmente, si durante la realización de la hora extraordinaria concurriera alguna de las circunstancias o condiciones que dan lugar al devengo de alguno de los complementos o pluses funcionales variables de peligrosidad variable, responsable de equipo, radioscopia aeroportuaria, radioscopia básica, plus de trabajo nocturno y plus de fin de semana y festivos, en los términos regulados en el artículo 43 del Convenio colectivo, al valor de la hora extraordinaria se añadirá el importe hora del complemento o plus devengado que corresponda.
Si bien la realización de horas extraordinarias es de libre aceptación del trabajador, cuando se inicie un servicio de vigilancia o de transporte de seguridad, deberá proseguir hasta su conclusión o la llegada del relevo. El período de tiempo que exceda de la jornada ordinaria de trabajo, siempre que no se haya compensado en descanso, se abonará como horas extraordinarias.
FÓRMULA:
[Salario Base+Plus de Peligrosidad+Complementos mensuales]X15
1782


GUÍA LABORAL EN LECTURA FÁCIL. (UGT)


El Gobierno de Murcia debe aplicar un nuevo acuerdo marco en la contratación de servicios de seguridad de su competencia


El contenido de éste artículo es extrapolable a cualquier otro organismo público. Lo que dice acerca de la contratación de servicios de seguridad según la nueva norma de contratación que deben ser incorporadas en las nuevas licitaciones es del interés de todos aquellos que prestan sus servicios en administraciones públicas.


22/04/2019 | FeSMC-UGT | Seguridad

UGT mantiene reunión con responsables del Gobierno de Murcia incidiendo en la necesidad de abordar un nuevo acuerdo marco de contratación que garantice condiciones laborales y de calidad de servicios en este tipo de prestaciones.  

El actual marco de contratación en materia de seguridad privada no incorpora elementos situados en la nueva Ley de Contratos y que introducen aspectos de mayor control sobre las empresas tanto en el momento de homologación como durante la ejecución del contrato. Esta situación está provocando un número importante de adjudicaciones con ofertas basadas únicamente en el precio más bajo, no incorporando ningún tipo elementos de calidad ni garantías mínimas de cumplimiento con las plantillas del convenio sectorial por parte de las empresas.

UGT en base a lo expuesto ha puesto encima de la mesa la necesidad de abordar sin dilación la puesta en marcha de un nuevo acuerdo marco de contratación para la seguridad privada que principalmente introduzca elementos de la nueva Ley de Contratos como, el cumplimiento por parte de las empresas del convenio sectorial, situar un máximo de 49 puntos sobre la oferta económica, considerar como bajas temerarias las que no cubran como mínimo los costes salariales establecidos en convenio así como proceder a resolver el contrato hacia aquellas empresas que no abonen en tiempo y forma la nómina a sus trabajadores y trabajadoras.

UGT insta en esta forma al Gobierno de Murcia de ser garante del comportamiento en la contratación pública de aquellas empresas adjudicatarias de este tipo de servicios y que deben venir obligadas hacia comportamientos basados en la calidad de sus servicios y en el cumplimiento laboral con sus colectivos.

Durante la jornada y con la participación de delegados y delegadas se pusieron en común aspectos que se están llevando a efecto desde el Sindicato de Seguridad Privada y Servicios Auxiliares y que deben sin duda marca el presente y futuro de la actividad en nuestro país.

Aspectos como la jubilación anticipada, recuperar el contrato de relevo, la derogación de la reforma laboral, abordar un reglamento de seguridad del siglo XXI, una formación de ingreso a la profesión vía FP. Mejorar en forma global aspectos relacionados con la autoprotección, avanzar en políticas de igualdad instauradas realmente en las empresas, regular mediante negociación sectorial las condiciones de trabajo y económicas de los auxiliares de servicios, avanzarnos al cambio ante la era tecnológica, son aspectos que vienen siendo abordados por UGT tanto en el ámbito social y político de nuestro país que conjuntamente hacia un avance en la contratación de servicios tanto en lo público como en lo privado socialmente responsable, deben marcar un cambio de modelo necesario en la seguridad privada en España.

viernes, 24 de mayo de 2019

Desayuno de trabajo sobre el nuevo marco legal de contratación de seguridad privada Estabilidad, calidad y excelencia

Estabilidad, calidad y excelencia

26/02/2018 - Bernardo Valadés
 
Esos fueron algunos de los términos que más emplearon los asistentes al desayuno de trabajo organizado por Seguritecnia, junto a Aproser y CEUSS, con el objetivo de analizar el nuevo marco legal de contratación de seguridad privada. Un encuentro en el que, si bien se congratularon de los avances materializados a finales de 2017, las partes implicadas –empresas, agentes sociales y usuarios– coincidieron en que queda camino por recorrer para garantizar la estabilidad en el sector y alcanzar la calidad y la excelencia que demandan los clientes en la prestación de los servicios.


Sin duda, el pasado fue un año relevante en lo relativo al impulso de nuevas normas y acuerdos que, de una forma u otra, tendrán un impacto directo en el sector de la seguridad privada. De manera especial, cabe destacar el mes de noviembre, ya que, en apenas dos semanas, concentró tres hechos de notable trascendencia. Por orden cronológico, la Asociación Profesional de Compañías Privadas de Servicios de Seguridad (Aproser) y los agentes sociales firmaron, el día 8, el nuevo Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad, registrado y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) a primeros del presente mes de febrero. También el 8 de noviembre, el BOE reflejaba la nueva Ley de Contratos del Sector Público, norma que entrará en vigor el próximo 9 de marzo. Y el día 21, los ministerios de Fomento, Empleo y Seguridad Social e Interior suscribieron un acuerdo con sindicatos y empresarios sobre la contratación de servicios de seguridad privada en las infraestructuras de transporte de competencia estatal.
Dado el interés de Aproser de realizar una valoración del nuevo marco legal de contratación de seguridad privada y su aplicación en función de las necesidades de los clientes públicos y privados, Seguritecnia organizó un desayuno de trabajo junto a la asociación y la Confederación Empresarial de Usuarios de Seguridad y Servicios (CEUSS).
Bajo el lema “Hacia la excelencia en la calidad del servicio en un nuevo marco legal de contratación de seguridad privada”, el encuentro, moderado por Ana Borredá, directora de nuestra publicación, tuvo lugar el pasado 30 de enero en la sede de la patronal y contó con la participación de Ángel Córdoba y Eduardo Cobas, presidente y secretario general de Aproser, respectivamente; Mariano Olivares, coordinador de Autoprotección de Renfe Operadora y presidente de CEUSS, Alberto Tovar, director de Seguridad Corporativa de Cepsa, Javier Pumares, jefe del Área de Seguridad de Correos y Telégrafos, y Jorge Lagares, director de Seguridad de Richemont Iberia, en representación de CEUSS; y Diego Giráldez, secretario federal del Sindicato Sectorial de Seguridad y Servicios de FeSMC-UGT y miembro de dicha organización en el Observatorio Sectorial de la Seguridad Privada –órgano de actuación conformado por Aproser y las asociaciones sindicales y empresariales firmantes del Convenio Colectivo–.
El diálogo, esencial
Tras dar la bienvenida a los asistentes, Ángel Córdoba instó a las partes representadas en el desayuno de trabajo a seguir participando en reuniones conjuntas con el objetivo de llegar a entendimientos fructíferos en materia de contratación de servicios de seguridad privada. “Porque aunque el marco legal acompañe, no será el único que haga cambiar la situación. También es preciso cambiar voluntades”, advirtió.
El presidente de Aproser mostró el deseo de la patronal de conocer los puntos de vista tanto de los clientes como de los representantes de la parte social. “Y eso se logra mediante una comunicación clara”, consideró. Por ello, animó a los presentes a expresar con la mayor franqueza posible sus juicios de valor.
En cuanto al papel de Aproser en el sector de la seguridad privada, recordó que la asociación tiene una representación del 80 por ciento en la mesa de negociación colectiva sectorial. “De ahí nuestra capacidad para firmar un nuevo convenio colectivo y asumir la responsabilidad del resultado final”, manifestó. Y expresó su deseo de ver ampliado el número de asociados, siempre y cuando se comprometan a respetar el Convenio Colectivo sectorial y a aplicar en su organización el Sistema de gestión profesional y deontológico de Aproser. “La empresa interesada en incorporarse a Aproser ha de ser auditada por parte de Aenor y dar cuenta de sus obligaciones legales, fiscales, tributarias, de cotización, etc. Y, una vez en la asociación, comprometerse a superar una nueva auditoría cada año”, enfatizó Ángel Córdoba con el fin de destacar los elevados estándares de cumplimiento que la patronal exige a quienes forman parte de ella.
Por último, observó que entre los propósitos de Aproser se encuentran mantener una relación continua y fluida con la representación social, participar cada vez más en foros que generen opinión y elaborar informes de interés –entre ellos, cabe mencionar el realizado junto a Forética para resaltar la importancia de integrar la Responsabilidad Social Corporativa (RSC) en la contratación pública de servicios de seguridad privada a través de modelos de excelencia–.
Análisis pormenorizado
Seguidamente, Eduardo Cobas se dispuso a llevar a cabo un análisis pormenorizado de lo que consideró “tres piezas complejas e íntimamente relacionadas”, no sin antes referirse a la estabilidad. “A todos nos interesa alcanzarla porque contribuye a que los profesionales del sector trabajen y vivan dignamente, a que las empresas tengan beneficios y, obviamente, también a lograr esa excelencia en la calidad del servicio que persiguen los usuarios”, razonó.


En el caso de la nueva Ley de Contratos del Sector Público, estimó oportuno poner de relieve una serie de cuestiones. “Mensajes que afectan a la manera en que se debe configurar un pliego de contratación, los pasos que se han de dar en el proceso de adjudicación de un contrato o el proceso de traspaso de una empresa a otra como adjudicataria. Y todo ello encaminado a garantizar que aquellos que incumplen la normativa no puedan prestar servicios de seguridad privada en el ámbito público”, reparó.
El primero de esos mensajes, a juicio de Cobas, es que ahora, para determinar el presupuesto de un contrato público de seguridad, el Convenio Colectivo es la referencia. De ahí la importancia de contar con un acuerdo sectorial a largo plazo”, indicó. Además, prosiguió el secretario general de Aproser, “la nueva ley apunta al respeto de las condiciones salariales de los gastos generales y al beneficio industrial, elementos de consideración y jurídicamente vinculantes. Asimismo, la norma pone fin a los pluses ocultos y fomenta la transparencia en lo relativo a los costes salariales. Igualmente relevante es que la calidad tiene que representar, al menos, el 51 por ciento de los criterios de adjudicación de un contrato. Y si una oferta no cumple con el Convenio Colectivo vigente, se considerará anormalmente baja”, ensalzó.
Después de estos cinco mensajes, incidió en un sexto, basado en el punto 6 del artículo 130 (Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo) de la norma, para poner de manifiesto que “de ninguna manera, el nuevo adjudicatario de un servicio será responsable de las deudas o de las cotizaciones a la Seguridad Social del anterior prestatario” (sobre éste punto convendría leer el siguiente documento. pinchar aquí).
Para finalizar su repaso a la Ley de Contratos del Sector Público, Eduardo Cobas aportó tres mensajes más, vinculados a la ejecución de un contrato, que resumió con un mensaje concluyente: “siempre que se haya determinado con meridiana claridad dentro de los pliegos, cualquier empresa que incumpla las obligaciones reflejadas en el Convenio Colectivo sectorial podrá ver rescindido su contrato de servicios de seguridad”.
Para ver el reportaje completo del desayuno de trabajo pincha aquí.

domingo, 12 de mayo de 2019

Sorteo Temporada Alta de Verano 2019 Residencias de Tiempo Libre.

Sorteo Temporada Alta de Verano 2019
Fecha: 09-05-2019
El sorteo público para la adjudicación de estancias en los diferentes turnos de la Temporada Alta de Verano 2019 de las Residencias de Tiempo Libre de la Junta de Andalucía se celebrará ante Notario el jueves 16, de mayo, a las 11 horas, en la sede del Servicio de Coordinación de Residencias de Tiempo Libre, sita en la C/ Albert Einstein nº4, Isla de la Cartuja, en un mismo acto para todas las Residencias.

http://www.juntadeandalucia.es/empleo/wrtl/Noticia_ficha.do?id=232&todas=no_por