martes, 26 de mayo de 2020

Cuando el vigilante está vigilado


Por Juan Carlos Higueras - Mayo 26, 2020

Se han hecho “virales” estos días atrás dos vídeos en los que se observa perfectamente la triste realidad en la que vive (vivimos) el colectivo de la seguridad privada en este país. Uno es un altercado provocado por una clienta en una tienda de una conocida cadena de supermercado, y otro es la supuesta agresión por parte de dos vigilantes de seguridad a un usuario del tren. En ambas grabaciones, hechas por personas con su teléfono móvil, se pone en evidencia un problema muy grave y no es otro que la falta de consideración de autoridad al Vigilante en la Ley 5/2014, de 4 de Abril, de Seguridad Privada. La mayoría de las miles de personas que han compartido las escenas por las redes sociales, lo han hecho con el ánimo de reírse de la delirante actuación de la clienta en el supermercado, y de compartir la indignación (también morbo) por el supuesto trato vejatorio sufrido por el pasajero del tren, pero yo quiero ir un poco más allá de si la clienta se desnuda en un arrebato de ira o de si hay agresión por parte de los vigilantes o la lesión es producida por un forcejeo inevitable.

Me gustaría, cuando reabran las academias que forman al personal de seguridad privada, que estos vídeos se analizaran desde el punto de vista jurídico y técnico-profesional.

Desde el punto de vista  jurídico, quiero saber por qué el Vigilante de Seguridad del Supermercado amaga con ponerle los grilletes cuando ya está reducida la agresora y finalmente no lo hace. El audio, que no tiene desperdicio, es clarificador al respecto. ¡Ponle los grilletes! ¡Dejadla, si está loca! Grita la gente entre risas en una especie de circo romano, presionando a un trabajador mal pagado y probablemente mal descansado. Tengo una teoría al respecto. El Vigilante teme estar incurriendo en un delito de detención ilegal. Así de sencillo y así de demoledor. Son cientos los compañeros que se ven inmersos en costosísimos procesos judiciales, denunciados por detención ilegal como dudoso resquicio legal de abogados sin escrúpulos para salvar a sus clientes de la acción de la Justicia. Desnudar a un santo para vestir a otro.

Igual pasa con los Vigilantes del tren (agredidos a diario). Al verse en una situación de resistencia grave por parte del pasajero, y grabados por otro que les recuerda que “que se están colando” optan por no proceder a la detención claramente pensando en el infierno legal que se les viene encima. Resultado, expedientados por Renfe, apartados del servicio con una segura pérdida de empleo y con una probable pérdida de licencia.

La solución a esta inseguridad jurídica que te obliga a actuar dónde ni los NAVY SEALS se atreverían y cuando actúas, te castiga por no ser policía “y colarte”, es la consideración de autoridad pública. Esto que digo espero que no suene a osadía, el profesorado y el personal sanitario ya lo son. Pegarle al Vigilante es más barato que pegarlo al maestro o a la enfermera. Que nadie se enfade, estoy de acuerdo con que determinadas profesiones tenga una consideración especial, pero clama al cielo que la Seguridad Privada no sea una de ellas. Cosas de este país.

Desde el punto de vista técnico profesional, es todavía más sangrante si cabe la escasez de medios con la que nos enfrentamos a situaciones tan embarazosas como las de los vídeos, especialmente el Vigilante del supermercado. Ha de enfrentarse con una defensa, que solo puede usar en determinados y muy restringidos casos. No puede llevar chaleco protector de ningún salvo autorización expresa en una maraña legal inviable, los guantes anticorte los lleva si se los ha comprado él, y si lleva spray defensivo, que cualquiera puede llevar en el bolso, será expedientado. Absurdo.

Una vez que parece controlada la situación, llega la policía. Concretamente cuatro agentes (igual hay más y no salen), dotados con chalecos antibala y pistola semiautomática 9 mm parabellum. Misma presunta agresora, misma situación pero asumida con distintos medios. Injusto, ¿verdad?

Hace muy poquitos días, el 21 de Mayo, celebrábamos el día de la Seguridad Privada. No ocupó grandes titulares en los periódicos ni en los informativos. Cuando salíamos a los balcones a las ocho de la tarde nadie piensa en el Vigilante que te salva la vida con un desfibrilador o detiene al que quiere secuestrar a tu hijo en un parking. Tampoco lo pedimos, lo hacemos por vocación, pero ya es hora de una dignificación seria del sector.

A día de hoy se están abordando leyes de calado en la sociedad española, Ley de Transición Ecológica, derogación de la reforma laboral, pacto estatal por la educación, etc. Espero y deseo que haya un huequito para la nuestra. Veremos.

 

*Juan Carlos Higueras Piedra es Jefe y Director de Seguridad, posee las licencias de Vigilante de Seguridad y Escolta Privado y es formador de Vigilantes, Escoltas y Guardas Rurales. Presta sus servicios en la empresa de Seguridad Privada Sansegur S.L

Fuente: https://lacontradejaen.com/vigilante-jaen-voces/

viernes, 8 de mayo de 2020

Coronavirus en Málaga: “Estoy en los grupos de riesgo ¿Debo incorporarme a trabajar?

  • Los facultativos de cabecera, apoyados por la Inspección Médica, tendrán la última palabra a la hora de dar una baja
Trabajadores en una obra en Málaga capital.
Trabajadores en una obra en Málaga capital. / Javier Albiñana
Carmen es una empleada de una peluquería. Tiene una patología que la convierte en persona de riesgo frente al coronavirus. Por eso duda si tiene que incorporarse a trabajar. Ahora que muchos empleados empiezan a volver a sus puestos, son múltiples los interrogantes y a veces ni siquiera la propia Administración sanitaria tiene respuestas para tantas preguntas en un escenario asistencial, social, laboral y económico sin precedentes.
Pero según explican especialistas, la última palabra en estos casos la tienen los médicos de cabecera que, si estiman, deberán proceder a dar la baja al trabajador. Hay dos posibilidades: empresas grandes con servicios de prevención de riesgos laborales y otras pequeñas sin esta estructura. En ambos casos, será el facultativo de cabecera la persona clave a la hora de decidir si un trabajador concreto debe incorporarse o no a su puesto de trabajo.
Si la empresa es grande, su servicio de prevención de riesgos laborales debe emitir un informe individual sobre el empleado concreto. Pero este documento no es vinculante. Será el médico de cabecera quien en base a ese informe y a la historia clínica determine si procede la incorporación o no del trabajador. En este caso, deberá dar la correspondiente baja. Si el facultativo tiene dudas –dado que este es un escenario que nunca se había planteado antes en la historia de los centros sanitarios– podrá consultar con la Inspección Médica de la Delegación de Salud.
De modo que con el asesoramiento de estos expertos, el informe del servicio de prevención de riesgos laborales de la empresa en cuestión y el historial clínico de la persona deberá tomar una decisión.
Si la empresa es pequeña y por lo tanto no tiene servicio de prevención de riesgos laborales, será también el médico de atención primaria -con el apoyo de los inspectores en caso de duda- quien decida. 
El Ministerio de Sanidad establece unas tablas –en sus Protocolos de Prevención– en las que distingue entre los trabajadores de centros sanitarios y sociosanitarios y aquellos que no pertenecen a ninguno de estos dos ámbitos laborales.
También tiene hace una graduación de vulnerabilidad en función de que las personas tengan la patología controlada, descompensada o que tengan otras enfermedades asociadas. En todo caso, los pacientes de riesgo frente al coronavirus son los mismos que en otros casos:personas con enfermedad cardiovascular, con patología pulmonar crónica, diabetes, inmunodeficiencia, cáncer en tratamiento activo, embarazadas y mayores de 60 años.
En este último caso si se baja el listón, ya que frente a la gripe se consideran casos de riesgo a los mayores de 65 años. Frente al coronavirus, la edad se sitúa en los 60, ya que este patógeno es especialmente agresivo a partir de esa edad. De hecho, los mayores de esa edad representan cuatro de cada cinco fallecidos con el virus.
La atención primaria tiene una labor poco conocida, pero clave en la lucha contra el virus
El Ministerio establece niveles de riesgo de uno a cuatro, siendo aquel el menor y éste el máximo.En función de esas variantes, Sanidad establece si el trabajador no precisa ni adaptación ni cambio de puesto y puede permanece en su actividad laboral habitual o hasta si procede la baja laboral como “trabajador especialmente sensible”. En todo caso, los médicos de cabecera serán los que tengan la última palabra, siempre con el asesoramiento de la Inspección Médica en caso de dudas.
Es un papel más en el importante rol que están cumpliendo los centros de salud en esta pandemia. Aunque los hospitales se llevan la labor más especializada a la hora de atender a los pacientes más críticos tanto en hospitalización como en las unidades de Cuidados Intensivos, el trabajo de la atención primaria está siendo silencioso, pero decisivo en la lucha contra el coronavirus.
Además de la realización de test masivos en las residencias, los servicios de ayuda a domicilio y en los propios centros sanitarios, este nivel asistencial será el encargado del estudio epidemiológico nacional para conocer la proporción de infectados y, en consecuencia, la vulnerabilidad o protección natural frente a un virus para el que aún no hay vacuna.
Los centros de salud también tendrán la responsabilidad a vigilar muy de cerca en esta desescalada cualquier indicio de contagio para testarlo y, en caso positivo, aislarlo a fin de que no se propague la enfermedad.
 
Fuente:https://www.malagahoy.es/malaga/coronavirus-Malaga-grupos-riesgo-incorporarme-trabajar_0_1459954216.html