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martes, 5 de junio de 2018

El servicio de atención telefónica 016 podría dejar de prestarse por culpa del Ministerio

04/06/2018 | FeSMC-UGT | Igualdad
 
La salida del anterior Gobierno deja un herido grave al que hay que curar con urgencia. El servicio de atención telefónica del 016, de atención a mujeres víctimas de violencia de género, tantas veces publicitado como un servicio pionero, está viviendo momentos complicados. A pesar de las exigencias sociales y de las grandes reivindicaciones sociales desde el pasado 8 de marzo, el Pacto de Estado contra la violencia de género sigue sin tener dotación económica, y uno de sus servicios estrella, el citado 016, ha entrado en estado de agonía.

Cada vez menos empresas han mostrado interés en el 016, que funciona 24 horas al día, 365 días al año y atiende una media de 200 llamadas de víctimas (o familiares) diarias, según los datos oficiales. Como casi todos los recursos de atención a las víctimas de la violencia de género, aunque son de carácter público, están siendo atendidos por empresas adjudicatarias, en las que las trabajadoras tienen unos índices de precariedad enormes.

No reconocer la necesaria profesionalización y especialización de estos servicios, de las personas que trabajan en ellos (trabajadoras sociales, psicólogas, educadoras sociales…), está llevando a contratar a un perfil de trabajadoras no técnicas o al no reconocimiento de estas categorías, ya que las empresas que se presentan lo hacen sin un conocimiento claro del servicio y con un presupuesto de imposible cumplimiento con las características del servicio que, pretendidamente, se quiere realizar.

En concreto en el 016 nos encontramos con que Arvato, compañía que prestaba el servicio anteriormente, no se ha presentado al actual concurso, precisamente por la falta de dotación económica. Sin embargo, la supuesta nueva adjudicataria ha comunicado a las trabajadoras que no garantiza su subrogación completa, lo que podría afectar a sus condiciones de  antigüedad, económicas e incluso poner en peligro su puesto de trabajo.

Desde FeSMC-UGT queremos manifestar nuestra absoluta solidaridad con las compañeras del 016 y sus reivindicaciones, pidiéndole al Ministerio que sea capaz de dar una solución que no sólo mantenga las condiciones dignas del trabajo de la plantilla del 016, sino que también dote, de una vez por todas, de las condiciones necesarias para que un servicio tan importante en la lucha contra la violencia de género pueda ofrecer, también, una atención digna a las mujeres y  a las familias que lo necesiten.

Mantener unos servicios de calidad es uno de los pilares de nuestro Estado de bienestar y, por tanto, de nuestra democracia.

Fuente: http://www.fesmcugt.org/noticia/el-servicio-de-atencion-telefonica-016-podria-dejar-de-prestarse-por-culpa-del-ministerio-id-11462.htm

viernes, 2 de febrero de 2018

UGT y ELPLURAL.COM ponen en marcha una asesoría laboral

UGT | jueves, 1 de febrero de 2018

UGT y ELPLURAL.COM ponen en marcha una asesoría laboral

​La Unión General de Trabajadores (UGT) y ELPLURAL.COM ponen en marcha el 1 de febrero una asesoría laboral, con carácter general y público, con la que se pretende dar respuesta a las dudas que puedan tener los trabajadores y las trabajadoras sobre el mercado laboral, las condiciones de trabajo, despidos, derechos, etc.
El objetivo es facilitar una herramienta útil y práctica en la red para informar a los lectores de sus derechos laborales, resolver sus dudas y contestar a sus preguntas en este campo.
Un grupo de abogados de UGT y expertos en relaciones laborales, serán las personas encargadas de atender las consultas recibidas cuyas respuestas tendrán carácter informativo.
Para acceder al consultorio, sólo hay que enviar un correo con la consulta formulada a la dirección asesorialaboral@cec.ugt.org y, en el plazo de dos o tres días, será atendida y publicada en esta nueva sección.​

viernes, 4 de noviembre de 2016

UGT vuelve a reclamar que todos los vigilantes de seguridad privada lleven chalecos antipinchazos y guantes antipinchazos y guantes anticortes.

CATALUNYA | SEGURIDAD

UGT vuelve a reclamar que todos los vigilantes de seguridad privada lleven chalecos antipinchazos y guantes antipinchazos y guantes anticortes.

04/11/2016 | FeSMC-UGT | Catalunya

UGT de Cataluña condena enérgicamente la agresión producida ayer por dos individuos con arma blanca a un vigilante de la empresa OMBUDS en la estación de Renfe de Sant Vicenç de Calders (El Vendrell, Tarragona). El vigilante no han sufrido ninguna lesión, gracias a que el arma blanca impactó en el teléfono móvil que llevaba en el bolsillo.

Los trabajadores de la seguridad privada han visto como en los últimos años las empresas les reducían las medidas de seguridad para obtener mayores beneficios económicos. En este sentido, desde la UGT de Cataluña hace tiempo que solicitamos para estos trabajadores las deseadas chalecos antipinchazos y los guantes anticorte, los conocidos Epi s que establece el artículo 17.2 de la Ley de prevención de riesgos laborales 31/1995 de 8 de noviembre: " el empresario debe proporcionar a sus trabajadores los equipos de protección individual adecuados para el desarrollo de sus funciones y velar por el uso efectivo de estos equipos cuando, debido a la naturaleza de los trabajos realizados, sean necesarios ".

Asimismo, también consideramos que la empresa arrendataria es tan responsable de la falta de estos equipos como la empresa adjudicataria de los servicios de seguridad.

martes, 1 de noviembre de 2016

Directiva comunitaria y contratación pública de servicios de seguridad privada

Firmado por APROSER.

Tras un largo proceso de debate público de cerca de un lustro, en los que tanto las Administraciones Públicas como los agentes sociales trabajaron muy intensamente en su respectivo papel, la Directiva 2014/24/UE del Parlamento y del Consejo sobre Contratación Pública, supuso un muy importante pase adelante en la asunción de la importancia de los procesos de contratación pública, no solo desde su mera perspectiva cuantitativa sino, lo que es más importante, como elementos dinamizadores de la economía en general y del papel de los ciudadanos y los trabajadores en particular.

No en vano, esta norma, que actualiza la normativa que desde 2004 regía los contratos de las administraciones públicas, señala en su considerando 2 que resulta necesario revisar las normas de contratos del sector público para “permitir que los contratantes utilicen mejor la contratación pública en apoyo de objetivos sociales comunes”, y su Exposición de Motivos recoge igualmente en su considerando 37, la referencia específica a “una integración adecuada de los requisitos medioambientales, sociales y laborales en los procedimientos de licitación pública”.

Más en concreto, en su parte dispositiva, tras un amplio debate entre las fuerzas representadas en el Parlamento Europea, el artículo 18, estableció no solo que “Los Estados miembros tomarán las medidas pertinentes para garantizar que, en ejecución de los contratos públicos, los operadores económicos cumplen las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el Derecho de la Unión”, sino que extendió esta obligación de cumplimiento igualmente al Derecho nacional, los convenios colectivos” y otras disposiciones. Disposición novedosa en el ámbito legislativo comunitario.

La referencia explícita a los Convenios Colectivos como elemento de consideración de la existencia de una baja temeraria y lo previsto en el artículo 70 en el sentido de que  las condiciones especiales relativas a la ejecución del contrato “podrán incluir consideraciones económicas o relativas a la innovación, consideraciones de tipo medioambiental, social o relativas al empleo” se configuran como pasos adicionales relevantes en la plasmación práctica de este principio apuntado en el artículo 18. Pasos adicionales que, en cierto sentido, ya había anticipado la Ley de Seguridad Privada 5/2015, en particular en sus Disposiciones Adicionales.

A nivel nacional, el anteproyecto de la nueva ley de contratos del sector público, intento de trasposición de esta normativa europea al derecho interno introduce, como no podía ser de otra forma, nuevas consideraciones en la contratación pública, de manera que los órganos de contratación podrán dar prioridad a la calidad, consideraciones medioambientales, aspectos sociales o a la innovación”.

Aunque el proyecto aún no ha sido aprobado, debido a los largos meses en que el actual ejecutivo ha estado en funciones, la falta de adaptación de nuestra legislación a la normativa comunitaria no debería impedir el cumplimiento de los principios esenciales de la misma, en aplicación del efecto directivo vertical de las Directivas comunitarias de acuerdo con los criterios doctrinales vigentes, más aún teniendo en cuenta que a partir del pasado 18 de abril debería haberse realizado la interpretación del derecho nacional vigente de conformidad con la Directiva citada. Por otra parte, existen múltiples ejemplos tanto a nivel local como de comunidades autónomas que han aprobado normas, protocolos o instrucciones para la incorporación de dichos criterios en la contratación pública.

Sin embargo, la utilización exclusiva del criterio económico en la adjudicación de los contratos públicos, cuya exclusión ampara la Directiva de existir una voluntad por parte del Estado miembro que la incorpora al derecho nacional, sigue provocando problemas en la calidad de la prestación de servicios, así como situaciones de desprotección de los trabajadores de las empresas contratadas.

Sin carácter excluyente de otros posibles ámbitos en los que el anteproyecto de ley pudiera acoger una contratación pública socialmente responsable e innovadora, que esperamos puedan ser incorporados en el trámite parlamentario del que en su momento constituirá el proyecto de ley, consideramos necesario abordar algunas materias que merecen un urgente tratamiento, que no pueden ni deben esperar a este nuevo marco normativo:

1. Poner el acento en la relación calidad-precio y no meramente en el precio que las actuales normas de contratación claramente amparan. Lo que implica la inclusión de criterios cualitativos objetivables y medibles, relacionados con la valoración de aspectos tales como la calidad o la innovación, y estableciendo rigurosos sistemas de homologación de proveedores y umbrales técnicos con carácter de mínimos y excluyentes, y fórmulas de valoración del factor precio que no hagan irrelevante el esfuerzo realizado para ofertar propuestas de máxima calidad en el servicio.

2. Exigir una justificación rigurosa de las bajas temerarias, y establecer fórmulas exigentes en la determinación de las ofertas anormalmente bajas, aspecto controvertido con anterioridad a la entrada en vigor de la Directiva que la interpretación conforme con este nuevo texto europeo ampara sin ambages.

3. Considerando la responsabilidad subsidiaria del contratista, velar por el cumplimiento de la normativa en materia laboral, fiscal y tributaria, y la correcta ejecución de los contratos, estableciendo un reglamento sancionador de los incumplimientos, los procedimientos necesarios para su control y la participación en el seguimiento de los agentes sociales (patronal y sindicatos), en la línea de lo que algunas administraciones públicas ya han integrado en sus pliegos de condiciones.

4. Aprobación de pliegos de condiciones tipo. Teniendo en cuenta las peculiaridades del sector económico, especialmente en los intensivos en mano de obra y, en su caso, las peculiaridades específicas del servicio a contratar. La originación y evaluación técnica en los pliegos de condiciones en concursos debería ser realizada / contar con el asesoramiento de expertos en la materia.

5. Apostar por la innovación (compra pública innovadora). Es esencial fomentar la innovación como palanca de tracción para el desarrollo de nuevos productos y servicios permitiendo al proveedor especializado aportar soluciones que maximicen el binomio calidad-precio.

Adicionalmente, hay que afrontar con urgencia otras materias directamente relacionadas, por ejemplo, las cargas administrativas.

La reducción de cargas administrativas innecesarias va vinculada a tres ejes: una mejor práctica legislativa que pondere los requerimientos a los ciudadanos y empresas en términos de pertinencia y eficacia, la modernización de la administración, que elimine redundancias y agilice los trámites, y la depuración de los procedimientos.

Las nuevas exigencias normativas nos abocan con urgencia a realizar reformas de calado en la forma de relacionarse con la administración.

DIEGO R. G.
UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES
Comité Grupo Control Málaga

miércoles, 21 de septiembre de 2016

UGT consigue que una empresa indemnice a una trabajadora sancionada por ejercer su derecho a voto

UGT consigue que una empresa indemnice a una trabajadora sancionada por ejercer su derecho a voto

UGT-Catalunya | miércoles, 14 de septiembre de 2016
​La sentencia, ganada por el Gabinete Jurídico de UGT-Catalunya, concluye que la dirección de la residencia geriátrica Servicios Asistenciales San Cipriano debe indemnizar a la trabajadora con 10.000 euros por haber actuado intencionadamente para dificultar el ejercicio del derecho de sufragio activo
El Gabinete Jurídico de UGT-Catalunya ha ganado una sentencia que declara nula la sanción disciplinaria a una trabajadora (tres días de suspensión de empleo y sueldo) que se ausentó de su puesto de trabajo para ir a votar durante las elecciones municipales del pasado 24 de mayo de 2015. El Juzgado Social número 2 de Mataró, además, condena a la residencia geriátrica Servicios Asistenciales San Cipriano (situada en Tiana, Barcelona) a indemnizar a la trabajadora con 10.000 euros por la vulneración de un derecho fundamental.
La trabajadora fue sancionada por la empresa (una residencia de la tercera edad) por la supuesta falta laboral leve consistente en "la no comunicación con la debida antelación de la falta de asistencia al trabajo por causa justificada". Más concretamente, por haberse ausentado el día 24 de mayo de su puesto de trabajo sin previo aviso de las 14: 30h hasta las 17: 28h. La carta sancionadora no especifica en ningún momento la concurrencia del día de los hechos con las elecciones municipales.
Sin embargo, la sentencia declara como hechos probados que la empresa no había previsto ninguna medida para facilitar el derecho a voto de los trabajadores que aquel domingo no tenían descanso semanal, y que algunos trabajadores preguntaron de madrugada a la persona de administración que también trabajaba ese día cómo debían hacerlo para poder ir a votar, sin recibir respuesta. También, que la trabajadora sancionada comunicó su ausencia a su responsable para hacer efectivo su derecho a voto -a otro municipio- y se ausentó del trabajo por este motivo desde las 14:30h hasta las 17:28h .
El juez, fundamentándose en el artículo 23.1 de la Constitución Española, el artículo 37.3.d) del Estatuto de los Trabajadores y la Orden del Departamento de Empresa y Empleo 119/2015, de 22 de abril, que regula las particularidades relativas a las elecciones municipales de 05/24/2015, concluye que:
  • Al no disponer la empresa de ningún tipo de protocolo al respecto y al haber comunicado la trabajadora a su responsable de turno su ausencia, dándole ésta conformidad, no se puede entender que se haya dado ningún tipo de infracción contractual, pues la sanción impuesta no encuentra cobertura en la infracción de ninguna orden interna ni de tipo general ni particular.
  • La empresa ha actuado intencionadamente para dificultar el ejercicio del derecho de sufragio activo y ha conseguido alejar a los trabajadores de la petición de los permisos para votar, ya que:
1. No ha previsto ninguna medida organizativa para coordinar los turnos de trabajo con el otorgamiento de permisos en un centro donde se atienden a personas que precisan de atención continuada y eran previsibles las ausencias por este motivo.
2. De los cinco trabajadores que prestaban servicios aquel domingo, sólo dos osaron ejercer su derecho a la ausencia para votar.
3. El otro trabajador que también fue sancionado obtuvo la suspensión de la sanción tras firmar un escrito de alegaciones en el que casi pedía disculpas a la empresa. La sentencia es rotunda cuando asevera que: "las expresiones de sumisión son incompatibles con un desarrollo sano de las relaciones laborales y son indicio de que la empresa mantiene una actitud autoritaria o paternalista respecto a sus trabajadores. Si la demandante hubiera pedido perdón como lo hizo su compañero, no habría tenido que cumplir la sanción, lo que evidencia una concepción patológica de los derechos y deberes derivados del contrato de trabajo y, por tanto, un entorno favorable a la vulneración de los derechos de los trabajadores ".
Por todo ello, el juez estima íntegramente la demanda de la trabajadora y declara que la sanción que le fue impuesta vulnera el derecho fundamental a la participación electoral activa. Por ello, declara nula la sanción y condena a la empresa a abonarle los tres días de suspensión de empleo que previamente le había supuesto, además de una indemnización de 10.000 euros.

Enviado por:
Jose Eduardo Bocanegra Carreño.
S.accion sindical estatal UGT Casesa 

jueves, 25 de agosto de 2016

La precarización del trabajo femenino produce un incremento de los accidentes in itínere entre las mujeres

La precarización del trabajo femenino produce un incremento de los accidentes in itínere entre las mujeres


UGT | viernes, 19 de agosto de 2016


La Secretaria Ejecutiva Confederal de UGT, Isabel Araque ha explicado hoy que el hecho de que haya más accidentes laborales in itínere entre las mujeres se debe, fundamentalmente a la elevada precarización del trabajo femenino.

Isabel Araque ha manifestado que la reforma laboral y el mal uso que se hace de la contratación "han provocado un incremento del número de desplazamientos que las mujeres realizan durante la jornada laboral. De hecho, muchas de ellas, con contratos a tiempo parcial, simultanean varios empleos".

"Las mujeres sufren más la temporalidad, la parcialidad, los bajos salarios o las rotaciones pero es que además soportan altos niveles de estrés al estar sometidas a una mayor presión con las obligaciones familiares y domésticas y todas estas cuestiones han propiciado, sin duda, el aumento de este tipo de accidentes laborales" ha explicado.

En el primer semestre del año se produjeron 37.543 accidentes in itínere en España y el 57% de las víctimas fueron mujeres.

Un saludo.

Audio valoración de Isabel Araque, Secretaria Confederal de UGT

Enviado por:

José Eduardo Bocanegra Carreño.
Sección sindical estatal 
Secretario de Acción Sindical UGT CASESA

martes, 23 de agosto de 2016

La triste figura del sistema de protección social


La triste figura del sistema de protección social 
 
UGT | lunes, 22 de agosto de 2016

​En este año, en el que se conmemora el 400 aniversario de la muerte de Miguel de Cervantes, no puedo dejar de hacer una similitud entre el “caballero de la triste figura, con el semblante, que ofrece en nuestro país, la protección a la dependencia.
La crisis que estamos viviendo ha diezmado nuestro sistema de protección social, pero especialmente la protección a la dependencia. Una protección que para muchos de nuestros dependientes y sus familias se ha convertido en una parodia.

El Gobierno del PP ha modificado sistemática y unilateralmente una ley que fue fruto del diálogo social y cuyo objetivo es ampliar la acción protectora del Estado y del Sistema de la Seguridad Social, garantizando a los ciudadanos y ciudadanas recursos y servicios de atención y cuidados para aquellas personas que lo necesitan. Pero este derecho social ha quedado desvirtuado por los continuos recortes: se han reducido las cantidades económicas que habría que abonar a los beneficiarios, ha bajado la intensidad de las prestaciones, se ha eliminado el nivel acordado del sistema de financiación, se ha revisado la prestación económica de cuidados en el entorno familiar, más de 140.000 cuidadores han dejado de cotizar a la Seguridad Social (por la suspensión del convenio especial) y se ha incrementado el copago en las prestaciones.

UGT ha manifestado, en muchas ocasiones, su descontento en la gestión de esta ley, tanto a nivel estatal como autonómico, y la falta de voluntad política para implantar, con celeridad, un sistema de calidad que ofrezca una cobertura suficiente, tanto a los dependientes moderados como a las grandes dependencias, y la prevención de la misma. Y lo más importante, que la persona esté íntegramente atendida, a través de servicios de calidad y por profesionales del sector, cumpliendo los principios inspiradores de la ley.

Sin embargo, los recortes económicos han entorpecido el desarrollo de esta ley. Ha primado el ahorro presupuestario por encima de los derechos sociales:

Así, las reformas efectuadas en el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, lideradas por el RD 20/2012, han supuesto el declive de la protección a las personas en situación de dependencia. Con él se instauró una oleada de recortes en la financiación del sistema, a través de los Presupuestos Generales del Estado, que rondan cerca de los 2.000 millones de euros. Lo que repercute directamente en las personas dependientes y sus familias, que se ven abocadas a costear y hacerse cargo de los cuidados de sus familiares dependientes.

A la pérdida sucesiva de financiación del sistema se unió, en detrimento de la calidad de la atención, una reducción de las prestaciones de carácter económico, la intensidad de los servicios y el descenso de las horas de atención y cuidado que brindan los servicios; aumentando la aportación del beneficiario al sistema. Se paga más para una cobertura más deficiente.

Las actuales cifras del sistema son engañosas, ya que, si bien el número de personas que están siendo atendidas se ha incrementado paulatinamente, debido principalmente a la entrada en el sistema de los dependientes moderados, es preocupante que todavía, tras más de 10 años de andadura de este sistema, éste aún no haya atendido a las personas que se encuentran en situación de dependencia y que llevan tiempo esperando su inclusión en el sistema. Según los últimos datos publicados, más de 380.000 personas con una dependencia reconocida aún están esperando que les sea adjudicado un servicio y empezar a cobrar una prestación, es decir hay un 32% de dependientes reconocidos en lista de espera. ¿Cuánto más tienen o pueden esperar?

Es preciso incrementar los servicios y prestaciones del catálogo del SAAD y su intensidad, gestionados por el sector público, y garantizar que la atención y cuidados que esta ley se dispense a los beneficiarios de forma integral, asegurando la percepción de las prestaciones universales y públicas como un derecho subjetivo.
Una de las prioridades que debe tener el próximo gobierno y el Parlamento, en la próxima legislatura, debería ser derogar el Decreto-ley 20/2012 en aquellos aspectos que modificaron el sistema de protección a la dependencia, garantizando su financiación acorde con el coste real, para que la cobertura sea suficiente y de calidad.

Asimismo, es necesario potenciar la coordinación en la gestión de la dependencia entre todas las administraciones; y otorgar mayor celeridad a todo el procedimiento de valoración, a la gestión de los trámites en el reconocimiento de la situación de dependencia y en la adjudicación, en el menor tiempo posible, de un servicio o una prestación al usuario.

Web de El Plural.com
 
 Un saludo.
 
Enviado por:
 
José Eduardo Bocanegra Carreño.
Sección sindical estatal 
Secretario de Acción Sindical UGT CASESA

Aumentar la edad de jubilación en un país con más de la mitad de los jóvenes en paro es inverosímil


Aumentar la edad de jubilación en un país con más de la mitad de los jóvenes en paro es inverosímil

UGT | jueves, 18 de agosto de 2016


La Vicesecretaria General de UGT, Cristina Antoñanzas ha manifestado hoy que la propuesta del Bundesbank alemán de elevar la edad de jubilación hasta los 69 años es una medida impensable en un país como España en el que la mayor parte de los parados de larga duración son mayores de 55 años y más de la mitad de los jóvenes carecen de empleo. 
Cristina Antoñanzas ha subrayado que para asegurar la sostenibilidad de las pensiones en España es necesario luchar contra la precariedad laboral provocada por la reforma laboral, ya que “la temporalidad, la parcialidad y los bajos salarios están dando lugar a una reducción de los ingresos por cotizaciones a la Seguridad Social y esta tendencia sólo puede invertirse con empleo de calidad y mejores salarios, no mediante un aumento de la edad de jubilación. No es un problema de natalidad sino de número de cotizantes y calidad de las cotizaciones provocado por el alto desempleo, la precariedad y los bajos salarios”.

“Por el contrario, UGT apuesta por recuperar la jubilación parcial a los 60 años unida al contrato de relevo, entre otras cuestiones, como fórmula de salida para los trabajadores mayores e ingreso de los jóvenes en el mercado laboral con cotizaciones dignas y, al mismo tiempo, es fundamental buscar mecanismos que permitan a los parados mayores de 55 años acceder a pensiones dignas ya que, en la actualidad, la mayoría de estas estas personas difícilmente volverán a encontrar empleo después de haber cotizado durante más de 35 años y verán reducidas sus pensiones hasta un 50%”.

“Además”, ha destacado, “es preciso reactivar el Pacto de Toledo y abrir un espacio de negociación con los agentes económicos y sociales para buscar fórmulas definidas de financiación de la Seguridad Social vía presupuestos, suprimir los factores que debilitan el sistema de pensiones y sus ingresos, como la precariedad del empleo, la devaluación salarial y las políticas de reducción de cotizaciones, y completar la separación de fuentes de financiación de la Seguridad Social para que las cotizaciones sociales financien la parte contributiva y las prestaciones no contributivas y los gastos de gestión del sistema se paguen con cargo a los Presupuestos Generales del Estado”.

La Vicesecretaria General de UGT, ha recordado que en España hay muchos sectores, en los que trabajar con esa edad en las condiciones adecuadas no es viable ni justo y que no sólo se puede pensar en la capacidad del trabajador de desarrollar el trabajo, hay anteponer la salud de esos trabajadores.

Para finalizar, Cristina Antoñanzas ha denunciado que tanto el Bundesbank como el Banco Central de España deberían centrarse en realizar su trabajo y “vigilar la actuación de los bancos –algunos rescatados con dinero público- antes que opinar sobre cuestiones que atañen a los trabajadores”.
 
Un saludo.
 
Enviado por:
                     
José Eduardo Bocanegra Carreño.
Sección sindical estatal 
Secretario de Acción Sindical UGT CASESA

domingo, 17 de julio de 2016

FeSMC-UGT-Melilla, solicita al Ministerio de
Defensa que rescindan sus contratos por impagos con Proman Servicios Generales 


13/07/2016 | FeSMC-UGT | Melilla


Jose Luis Faus Arias Secretario General de la FeSMC de UGT Melilla, tras numerosas conversaciones mantenidas con el abogado de la empresa, que se remontan desde marzo de este año, y viendo que la situación no cambia a pesar del acuerdo alcanzado en el INSTITUTO LABORAL DE LA COMUNIDAD de Madrid, con fecha 6 de mayo, acuerdo que la empresa no cumple. Nos vemos en la desagradable situación de denunciar, como ya se hizo con SERRAMAR, ESABE, FALCON,..), de nuevo los impagos a mas de 20 familias, impagos que suman ya más de dos meses.

Proman Servicios Generales, es ahora mismo adjudicataria de los servicios del Ministerio de Defensa que se prestan en; CLUB LA HIPICA, CLUB DE TROPA,RESDIDENCIA MILITAR,CASINO Y EL MUSEO.

El dirigente sindical ha manifestado rotundamente, que la administración no puede y no debe bajo ningún concepto, puesto que es garante de que se cumpla la legalidad, permitir que esta situación se prolongue ni un minuto y, más aun con las noticias a nivel nacional de hechos poco claros, entre el adjudicador y la adjudicataria, siempre según estos medios.

Para FeSMC-UGT Melilla, la solución pasa por que el Ministerio de Defensa, rescinda de forma fulminante el contrato con Proman Servicios Generales, y dice, no entender como uno de los centros en apoyo a los trabajadores, si, en apoyo “para animarlos, por los más de dos meses sin cobrar y los atrasos”, según manifiestan los trabajadores, “ha propuesto a la empresa, que sancione a los empleados por bajo rendimiento”, ¡¡¡ESPERPENTICO!!! Por ello desde la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT Melilla, vamos a tomar las medidas necesarias, para que cobren, y que a partir de ahora hagan solo las funciones que corresponden a los Auxiliares de servicios y no las que por imposición vienen realizando. Es por lo que acudiremos a las autoridades competentes para que se cumpla con lo preceptuado, sin excusas de ningún tipo.

martes, 26 de abril de 2016

CONTRA LA POBREZA SALARIAL Y SOCIAL , TRABAJO Y DERECHOS.

martes, 26 de enero de 2016

UGT denuncia a las empresas de seguridad por incumplir el convenio colectivo

El sindicato FeS-UGT Aragón ha denunciado ante la Inspección de Trabajo a quince empresas de seguridad, la mayoría de las que operan en Aragón, por el incumplimiento reiterado del convenio colectivo por no elaborar ni entregar los cuadrantes anuales.
FeS-UGT ha indicado en un comunicado que la absoluta descoordinación de la operativa en estas empresas conduce a la ausencia de conciliación de la vida laboral y familiar, y a la realización de horas extras y recuerda que el convenio colectivo proporciona una herramienta fundamental para el mantenimiento del empleo y su crecimiento, como es el cuadrante anual.
Por ello, considera inconcebible que la mayoría de las empresas del sector sigan sin realizar, ni entregar a los trabajadores, lo que por ley están obligadas.
Apuntan además que, en respuesta a una consulta de representantes sindicales a la Inspección de Trabajo sobre esta cuestión, informó que el cuadrante anual es considerado en estos términos como el calendario laboral, tal y como recoge el Estatuto de los Trabajadores.
http://www.finanzas.com/noticias/empleo/20160126/denuncia-empresas-seguridad-incumplir-3335481.html

lunes, 19 de octubre de 2015

Los Trabajadores de Templar Vigilantes de Seguridad Huelva trasladan al Subdelegado de Gobierno los incumplimientos de su empresa

Aquí tenemos el ejemplo a seguir cuando una empresa no cumple.


19/10/2015 |


El Comité de empresa de Templar Vigilante de seguridad Huelva ha mantenido una reunión con el subdelegado del Gobierno en la provincia de Huelva, Enrique Pérez Viguera, para ponerle al corriente de los continuos impagos de salarios que sufren sus trabajadores y el incumplimiento reiterado del Convenio Estatal de Seguridad Privada, entre otros, en los servicios contratados por la Administración Central.
Representados por José Antonio Soto y Francisco Chicas, así como la Secretaria Sectorial de Seguridad Privada y servicios Auxiliares de FeS UGT Huelva, Mª Carmen Martin de la Rosa, han explicado al Subdelegado que no se entiende como la administración publica adjudica las licitaciones a empresas sin solvencia económica, que no cumplen con el Convenio Estatal de Seguridad Privada en materia de Seguridad laboral o formación y que no pagan el salario puntualmente, por lo que le han solicitado que se tenga en cuenta en las adjudicaciones futuras de concursos que las que no cumplan con las legislación laboral, se le rescinda el contrato.
Por parte, el subdelegado del Gobierno se ha comprometido al estudio de la situación que están viviendo los trabajadores y poder tomar decisiones para solventar los problemas que se le ha planteado.

domingo, 19 de octubre de 2014

La propia información de El Mundo desmiente su titular




(16/10/2014)
En preguntas de los periodistas sobre la noticia publicada hoy por el diario El Mundo titulada “Méndez supo del fraude en UGT ya en 1998”, el Secretario General de UGT, Cándido Méndez, ha afirmado que “la propia información desmiente el titular”.
Cándido Méndez ha realizado estas declaraciones antes de su intervención en la asamblea de delegados de UGT-Catalunya, donde ha señalado que “lo que dice la información es que había una serie de supuestas irregularidades, la organización actuó sancionando a aquella persona y luego, el propio periódico manifiesta que aquello llegó a los tribunales y la Audiencia lo archivó manifestando que no había ningún tipo de delito”.

Sin embargo, “la Unión General de Trabajadores actuó y sancionó a aquella persona”, por lo que ha reiterado que “la propia información desmiente la intencionalidad del titular”.

domingo, 5 de octubre de 2014

circular 147/2014 de la Secretaría de Igualdad Confederal sobre aspectos de la Ley 15/2014 que afectan a las materias de la Secretaría de Igualdad

Estimadas/os compañeras/os:


Os reenvió circular 147/2014 de la Secretaría de Igualdad Confederal sobre aspectos de la Ley 15/2014 que afectan a las materias de la Secretaría de Igualdad. Estos cambios parten de los informes emitidos por la Comisión para la reforma de las Administraciones Públicas (CORA), creada por el Consejo de Ministros de 26 de octubre de 2012. Os resumo algunos de los cambios producidos y la valoración que hace UGT.

1. Si la intención del Gobierno era crear un órgano que se encargase de la Igualdad para todas las personas, en la práctica, no lo ha conseguido, al establecer funciones, niveles de actuación, y medidas distintas, separando las dirigidas a las mujeres y las dirigidas a población que comparte una determinada condición personal y /o social.

□ Se suprime el Consejo Rector del Instituto de la Mujer y el Observatorio de Salud de la Mujer, las competencias y funciones de este último quedarán integradas en el nuevo OBSERVATORIO DE SALUD, entre cuyas finalidades se incluye “promover la disminución de las desigualdades en salud por razón de género”.

□ Se suprime igualmente la Dirección General para la Igualdad de oportunidades, que además de competencias en materia de igualdad entre mujeres y hombres, tenía encomendadas otras relacionadas con el principio de igualdad de trato y no discriminación.

Se modifica la denominación del Instituto de la Mujer que estaba adscrito al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a través de la Dirección General para la Igualdad de Oportunidades para pasar a llamarse “Instituto de la Mujer y para la igualdad de Oportunidades”.

□ Queda adscrito al nuevo Instituto El Consejo para la promoción de la Igualdad de trato y no discriminación de las personas por el origen racial o étnico.

□ Se conservan los fines del Instituto de la Mujer (Ley 16/1983) y se le añaden las funciones de la Dirección General de Oportunidades. “.., la prevención y eliminación de toda clase de discriminación de las personas por razón de nacimiento, sexo, origen racial o étnico, religión o ideología, orientación o identidad sexual, edad, discapacidad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”

□ En las funciones del nuevo órgano no se mencionan aquellas que tenían una relación directa con el empleo de las mujeres. Y las funciones atribuidas al nuevo Instituto, hacen una diferencia expresa entre las que tienen como ámbito de aplicación personal a las mujeres y las reservadas para personas que compartan otra condición social o personal que pueda hacerlas susceptibles de sufrir discriminación.

2. Cambian la denominación del Consejo para la promoción de la igualdad de trato y no discriminación de las personas por el origen racial o étnico por el de Consejo para la Eliminación de la Discriminación racial o étnica. Y su nueva regulación no soluciona los principales problemas de este órgano, pues sigue sin ser un órgano independiente y sin prestar asistencia independiente y eficaz a las víctimas de discriminación, tal como marca la Directiva 43/2000.

3. Se modifica la Ley 53/2002 de medidas fiscales, administrativas y del orden social en lo referente a tasas por homologación, equivalencia a titulación y a nivel académico, y convalidación de títulos y estudios extranjeros.

□ La solicitud de homologación a un titulo español de Grado o Master, antes exenta, ahora ha de ir acompañada de la justificación del pago de una tasa de 160 euros. Así como cualquier solicitud de equivalencia a titulación y a nivel académico.

□ Las nuevas tasas en materia de educación, son incompatibles con los discursos del Gobierno de atraer el “talento” y afectan de manera especial a los menores extranjeros que siguen determinados estudios en España y quieren solicitar su equivalencia. Medida, además de otras consideraciones ligadas a las críticas de nuestra organización a la LOMCE, sus contenidos, objetivos y efectos, afectará de manera especial al alumnado extranjero.

Alicia Fernández García
Sª de Igualdad y Formación
UGT-Málaga
C/ Alemania, 19
29001 Málaga
Tfno: 952 22 10 30



miércoles, 24 de septiembre de 2014

Adjunto os envío documentos de gran interés sobre la situación actual jurídica a la cual nos tenemos que atener. 



“Únete, Conoce tus Derechos”, destinada a mejorar el conocimiento de los trabajadores sobre la normativa laboral básica. La campaña se inicia con nueve videos en los que abogados de UGT explican de forma clara la regulación de aspectos básicos de la relación laboral, desde la entrevista de trabajo hasta el despido y la solicitud de las prestaciones o subsidios de desempleo, con el objetivo de afrontar la exponencial degradación provocada en nuestro mercado de trabajo por las reformas laborales, el desempleo y la falta de expectativas que está llevando a aceptar cualquier tipo de trabajo, regular o no, y a la proliferación de situaciones irregulares, ilegales o abusivas. 
Un saludo  

http://www.ugt.es/actualidad/2014/septiembre/a23092014.html

Diego Roldán Guerrero
Sº Organización FES UGT MÁLAGA

martes, 3 de junio de 2014

Grandes dudas sobre la nueva Ley de Seguridad Privada

Declaraciones de Jose Rafael Centeno en el suplemento de la Revista Seguritecnia (nº 408, correspondiente a mayo 2014), respecto a la Ley 5/2014 Seguridad Privada.
Una vez visto el texto publicado en el Boletín Oficial del Estado el pasado día cinco de abril, desde FeS-UGT hemos generado una serie de dudas que esperamos se puedan resolver en la reglamentación de la ley.
Lo primero es la protección jurídica del vigilante de seguridad, ya que, a nuestro entender se queda corta, porque sólo se le reconoce ésta cuando los servicios se desarrollen en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. El profesional del sector necesita tener siempre esta protección.
En segundo lugar, algunos aspectos del art. 41, concretamente la ampliación de funciones y flexibilización de la consideración pública, debe estar en todo caso fundamentada en un adecuado desarrollo reglamentario, comprendiendo la exigencia de autorización administrativa para la prestación de estos servicios.
También, nos preocupa la regulación del art. 6-2, en cuanto a la posibilidad de que, bajo la personalidad jurídica de una empresa de seguridad, puedan prestarse servicios de auxiliares de servicio. Esperamos que el desarrollo reglamentario y los controles administrativos adicionales impidan la proliferación de actuaciones de intrusismo al amparo de esta posibilidad.
En cuanto a la formación, si bien se habla de una formación profesional reglada, lamentamos la falta de plazas para esta formación.
Y, lo más lamentable para FeS-UGT es lo dispuesto en el art. 58-2d, donde una vez más se nos merma el derecho a la huelga. Un asunto que ya está en manos de nuestras asesorías para estudiar su posible recurso constitucional.

jueves, 15 de mayo de 2014

La negociación colectiva, el instrumento que el Gobierno intenta suprimir y que la OIT obliga a respetar


Publicado en mayo 14, 2014

«Los órganos del Estado no deberían intervenir para modificar el contenido de los convenios colectivos libremente concertados y dichos acuerdos colectivos deben ser de cumplimiento obligatorio por las partes». Ha sido la propia Organización Internacional del Trabajo la que, en su último informe, ha recordado este principio internacional al Gobierno del Partido Popular. Un principio que nuestro gobierno se saltó a la torera con la reforma laboral.
El Comité de Libertad Sindical de la OIT reconoce en su informe 371º que la reforma laboral que impuso el Gobierno en el año 2012 vulnera no solo el derecho a la negociación colectiva de los convenios ratificados por España sino también los derechos de libertad sindical. Fue precisamente una queja presentada por los sindicatos el pasado 10 de mayo de 2012 lo que ha hecho que ahora el organismo internacional dé un tirón de orejas en toda regla al Gobierno español.
El Gobierno, en sus comunicaciones al Comité a raíz de la queja, se amparaba, entre otros argumentos, en la situación de crisis económica para justificar tanto las medidas adoptadas como el instrumento normativo utilizado, y solicitaba la desestimación de la queja. Pero no lo entiende así la Organización Internacional del Trabajo y en sus conclusiones llama la atención al Ejecutivo de Mariano Rajoy por la ausencia de consulta con las organizaciones sindicales más representativas. Recuerda además que los principios en materia de consulta son válidos también en períodos de crisis que requieren medidas urgentes.
Lo cierto es que desde su aprobación, la reforma laboral ha servido para que multitud de empresarios se descuelguen de los convenios colectivos o los sustituyan por otros con peores condiciones. En la actualidad 379.264 trabajadores y trabajadoras andaluces tienen bloqueados sus convenios colectivos y eso significa que sus condiciones laborales no están garantizadas. Sólo aquí en Andalucía hemos denunciado 368 convenios, entre otros motivos por practicar una ultraactividad limitada. Nuestro objetivo es acordar en estos casos que la ultraactividad sea indefinida, es decir, que a falta de un nuevo convenio negociado, se respeten y garanticen las condiciones acordadas en el anterior. Hablamos de 213.972 trabajadores y trabajadoras que han perdido o están a punto de perder la protección laboral que les ofrece la negociación colectiva. Solo por dar algunas cifras, en el sector de la construcción de Cádiz, Huelva y Jaén hay alrededor de 70.000 trabajadores cuyos convenios están a punto de perder su eficacia y 20.000 más del sector del comercio de Huelva y Sevilla. La reforma laboral del PP ha facilitado además que cerca de 900 empresas andaluzas se hayan descolgadode los convenios colectivos en 2013 y lo que llevamos de 2014, es decir, actualmente no aplican las condiciones de trabajo.
Para UGT Andalucía la negociación colectiva es la expresión genuina, primaria y primordial del diálogo social. Es el mejor instrumento con que contamos para introducir modificaciones significativas en las mejoras de las condiciones laborales de los trabajadores y trabajadoras. Defendemos firmemente la negociación colectiva como uninstrumento de reparto de riqueza que el Gobierno del PP quiere borrar de un plumazo. De ahí la importancia de esta llamada de atención proferida por la Organización Internacional del Trabajo.
Ahora solo queda que el Gobierno asuma las recomendaciones de la OIT y por eso, las centrales sindicales ya han solicitado una reunión con la Ministra de Empleo, Fátima Báñez, para conocer las medidas que el Gobierno prevé adoptar para dar cumplimiento a las conclusiones de la Organización Internacional del Trabajo y enmendar la situación denunciada. Es una prioridad que el Gobierno revierta la reforma laboral, injusta y regresiva, obligue a los empresarios a respetar los compromisos asumidos en los convenios colectivos y se restablezca la acción protectora a los trabajadores frente a privatizaciones, externalizaciones, subcontrataciones, etc.
En nuestro programa de acción hemos fijado unos objetivos básicos en negociación colectiva que pasan por potenciar la negociación sectorial en su ámbito autonómico, y en su caso, provincial; incluir cláusulas que eviten la eliminación de la ultraactividady de los arbitrajes obligatorios; reforzar el papel de las comisiones paritarias como instrumentos preventivos de la conflictividad; integrar un conjunto de acuerdos sobre estructura salarial; introducir en la negociación sectorial el concepto de Salario Mínimo Garantizado para asegurar un suelo retributivo; incluir cláusulas derevalorización salarial automática; evitar la atomización de la negociación colectiva; definir las condiciones necesarias en caso de descuelgue salarial; fomentar la utilización del SERCLA, el Servicio Extrajudicial de Resolución de Conflictos Laborales; incorporar una comisión paritaria en la representación de las partes negociadoras; y defender la mejora de las condiciones de trabajo como elemento primordial para la preservación de la seguridad y la salud de los trabajadores y las trabajadoras.
Tal y como concluye el Comité de Libertad sindical de la OIT, “las reglas esenciales del sistema de relaciones laborales y de negociación colectiva deben ser compartidas en la mayor medida posible por las organizaciones de trabajadores y de empleadores más representativas”, cosa que en nuestro país el Gobierno ni tan siquiera ha intentado. Desde UGT nos sumamos a la invitación expresada por la Organización Internacional del Trabajo para que el Gobierno promueva un diálogo tripartito sobre la reforma laboral.
Lo que ha quedado claro, por tanto, es que la crisis económica no es una causa que justifique la vulneración de los convenios internacionales suscritos por España en materia de libertad sindical y negociación colectiva. En el caso del sector público, es necesario que el Gobierno entienda que ante una situación de empleo y económica excepcional, como la que estamos viviendo, la solución no pasa por imponer una renegociación o una suspensión o derogación de los convenios colectivos sino negociar con las partes promoviendo el diálogo social. Como licenciada en derecho me gustaría recordarle al Gobierno que el derecho a la libertad sindical está consagrado en el artículo 28 de nuestra Constitución y el de negociación colectiva en el artículo 37. Y ambos derechos son por ley de obligado cumplimiento.