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lunes, 17 de mayo de 2021

YA SE HA PUBLICADO LA REVISIÓN SALARIAL DEL CONVENIO DE LA EMPRESA DE SEGURIDAD "VIRIATO SEGURIDAD, S.L." Y COMO PODEMOS COMPROBAR EL REPRESENTANTE DE LOS TRABAJADORES SE HA CUBIERTO DE GLORIA.

ACTA DE LA REUNION CELEBRADA POR LA COMISION NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE VIRIATO SEGURIDAD, S.L PARA LOS CENTROS DE TRABAJO DE ALICANTE 

Código Convenio: 03100771012018

 En Lorqui, siendo las 09:00 horas del día 24-02-2021, en la Sede de la mercantil VIRIATO SEGURIDAD, S.L., sita en Calle Rio Mundo, 5 Pol. Ind. Lorqui 30564 Lorqui-Murcia, se reúnen, previamente convocados al efecto, por la parte empresarial D. José López Molina y por la representación de los trabajadores, D. Manuel Carillo Lopez , los cuales se reconocen representatividad y legitimidad suficiente como miembros de la comisión negociadora del convenio colectivo de Viriato Seguridad S.L., para los centros de la provincia de Alicante. Abierto el acto se alcanzan los siguientes ACUERDOS:

Para ver la revisión salarial pincha aquí.

Para ver el convenio completo pincha aquí. 

Para liberar fluidos estomacales sobrevenidos, pincha aquí. 

La pérdida mensual con respecto al convenio estatal es de : -234,48 Euros

Cuidado con la representación de los trabajadores que elegimos. Es conveniente estar afiliados a un sindicato de clase pues aunque no te lo creas eres un obrero y nuestra fuerza es el colectivo, no te dejes engañar por cantos de sirenas/os.

domingo, 18 de abril de 2021

USO: TRAGSA adjudica SIN CONCURSO PÚBLICO los servicios de Seguridad Privada de los centros para migrantes en Canarias 15/04/2021

Segurmaximo y Tragsa, abocan a más de un centenar de familias a la precariedad laboral

Un poquito de información previa a la noticia.

¿Que es una empresa pública a efectos de la Ley de contratación pública?

Información 1

Información 2

Convenio de Segurmaximo.

Modificación del convenio. Aquí se puede ver la comisión negociadora.

Representación de la comisión negociadora.

Y ahora la noticia.

La empresa pública TRAGSA, perteneciente a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) adjudica sin concurso público los servicios de Seguridad Privada de los centros de acogida para migrantes en Canarias.



Entre las condiciones exigidas por la empresa TRAGSA a las empresas que resultasen adjudicataria de estos servicios de seguridad privada estaba el cumplimiento del Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Seguridad.

Lo sorprendente y así esta Federación lo ha trasladado a los responsables del contrato que en la Provincia de Las Palmas de Gran Canaria, la empresa adjudicataria del Concurso EULEN S.A cumple con el Convenio Estatal de Empresas de Seguridad Privada y en la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, la adjudicataria de dicho concurso SEGURMAXIMO S.L no cumple con dicho convenio, abocando a los trabajadores/as a una precariedad laboral al dejar de percibir unos 200 euros mensuales.

Basilio Alberto Febles, Secretario General de la Federación de Trabajadores de Seguridad Privada de la USO, explica que si es cierto la diferencia de condiciones en el contrato se ha producido y en los centros de acogida de Tenerife, la empresa SEGURMAXIMO no tuviera la obligación del cumplimiento del Convenio Sectorial, sería una desvergüenza y un auténtico escándalo por parte de estos regidores públicos.

Que desde esta Federación abogamos por el cumplimiento del Convenio Nacional de Empresas de Seguridad Privada, no entendiendo como la empresa TRAGSA no obliga al cumplimiento de dicho Convenio Sectorial a la empresa SEGURMAXIMO, en caso de que esta cláusula sí que se haya incluido en el contrato, algo que se debe aclarar de forma inmediata por los responsables de TRAGSA en Canarias o por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

El sindicalista de la FTSP-USO, quiere denunciar también las condiciones en las que prestan servicios los Vigilantes de Seguridad en ambos centro de acogida de personas migrantes de Tenerife, ya que, no disponen de los medios adecuados para realizar las labores de vigilancia; tales como guantes o chalecos anticorte, carecer de una evaluación de riesgos laborales o incumplir criterios de igualdad a la hora de realizar las contrataciones, hechos estos denunciados ya por esta Federación en la Inspección de Trabajo y comunicados a los responsables de TRAGSA en Canarias.

Los Vigilantes de Seguridad que prestamos servicios en Canarias estamos cansados de trabajar en este tipo de empresas que no respetan las condiciones laborales y económicas de los trabajadores por lo que solicitamos a la EMPRESA TRAGSA que clarifique estas situación contractual y tome las medidas oportunas para solucionar este problema.


http://www.eltambor.es/uso-tragsa-adjudica-sin-concurso-publico-los-servicios-de-seguridad-privada-de-los-centros-para-migrantes-en-canarias/

jueves, 26 de noviembre de 2020

Convenio colectivo estatal de las empresas de seguridad para el año 2021.

Resolución de 18 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal de las empresas de seguridad para el año 2021.
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Publicación:
BOE nº 310 de 26/11/2020, p. 105425 a 105494 (70 páginas)
Ver documento:
BOE-A-2020-15038

domingo, 4 de octubre de 2020

Tablas salariales,horas extras convenio 2021.

 



Claves del nuevo Convenio Colectivo de Seguridad Privada 2021

Claves del nuevo Convenio Colectivo de Seguridad Privada 2021

La patronal y los sindicatos firmaron, el 30 de septiembre, un nuevo Convenio Colectivo de Seguridad Privada. El pacto laboral tendrá una duración de un año, que irá desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2021. La situación de crisis sanitaria y económica ha propiciado la aprobación de un convenio puente, a la espera de tiempos mejores que permitan sacar adelante otro más duradero.

El acuerdo ha recibido el apoyo de la patronal, compuesta por Aproser (dentro de cuya representación estaban UAS y FES) y Asecops, y los sindicatos FTSP-USO y FeSMC-UGT. Sin embargo, Comisiones Obreras de la Construcción, ELA y CIG han rechazado suscribirlo. Aun así, el texto pactado tiene suficiente respaldo para poder aprobarse.

Novedades del Convenio de Seguridad Privada 2021

El hecho de que el nuevo convenio solo vaya a estar vigente un año no ha impedido incorporar cambios importantes. Las novedades son:

– Incremento salarial: el convenio incluye una subida salarial del 1 por ciento en los conceptos incluidos en el «Anexo Salarial y de Retribuciones». Es el apartado que indica el salario base de las diferentes categorías profesionales, así como los pluses de peligrosidad, actividad, transporte y vestuario.

– Salario Mínimo Interprofesional: el  texto actualizará las categorías afectadas por el incremento del salario mínimo interprofesional (SMI), «sin que se produzca compensación o absorción de los conceptos extrasalariales». La «Disposición Adicional Quinta» establecerá que si la retribución computable de alguna categoría laboral fuera inferior al mínimo establecido en algún momento, se procederá a su actualización.

– Registro horario: el Convenio de Seguridad Privada 2021 incluirá un régimen de registro horario que entrará en vigor tres meses después de su publicación en el BOE. Para ello, incorporará un punto más al artículo 52 (jornada de trabajo) que recogerá el modelo de implantación del sistema. Todas las empresas del sector tendrán que adoptarlo. Aquellas que ya cuenten con un registro horario podrán seguir utilizándolo, pero tendrán que adaptarlo al modelo que establece el nuevo convenio.

Según el texto, «la implantación de un sistema de registro diario de jornada no supone alteración ni en la jornada ni en los descansos, pausas y otras interrupciones de trabajo de la plantilla, que seguirá rigiéndose por las normas legales y convencionales aplicables, así como por los pactos colectivos o contractuales que afecten a cada persona trabajadora y por lo establecido en el calendario laboral anual».

El convenio diferencia un procedimiento para el personal operativo y otro para el de estructura. El sistema a implantar para el primer grupo busca garantizar «de forma precisa y fácil interpretación» el registro de las horas de inicio y finalización del servicio, así como los posibles descansos intermedios.

– Análisis del impacto del COVID-19: el pacto incorporará un nuevo apartado en la «Disposición Adicional de Comisión Técnica de Redacción del Convenio». En él reflejará la necesidad de llevar a cabo un análisis conjunto de las repercusiones actuales y futuras de la actual crisis sanitaria en el sector de la seguridad privada. Dicha evaluación pondrá especial énfasis en aquellos ámbitos especialmente afectados, como el transporte de fondos y gestión del efectivo o los servicios de vigilancia en medios de transporte.

Este análisis tendrá un enfoque tanto sectorial como intersectorial «a fin de identificar las ventajas y efectos de una actuación conjunta con otras organizaciones igualmente afectadas». Esto permitirá además recabar apoyos adicionales que complementen la actuación de las organizaciones sindicales y empresariales de la seguridad privada que firman el convenio.

Fuente: https://www.seguritecnia.es/actualidad/claves-del-nuevo-convenio-colectivo-de-seguridad-privada_20201002.html

sábado, 26 de septiembre de 2020

Actas negociación de convenio 2021

 También las podéis encontrar junto con actas de negociaciones anteriores en la pestaña: Negociaciones de Convenio.


 
  
 
  
 
 

martes, 28 de mayo de 2019

¿COMO HALLAR EL VALOR DE LA HORA EXTRAORDINARIA?


 
Artículo 53. Horas extraordinarias.
Tendrán la consideración de horas extraordinarias las que excedan de la jornada ordinaria establecida en el artículo 52 de este Convenio Colectivo:
a) En el supuesto de servicios que se gestionen con cuadrante anual, las que excedan de las reflejadas en el reparto mensual de cada trabajador.
b) En el resto de los servicios, cuando excedan de 162 horas mensuales.
Las horas extraordinarias se compensarán en descansos o se abonarán de acuerdo con lo establecido en el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores.
Para la determinación del valor de la hora extraordinaria, según el nivel funcional del trabajador, se tomará como mínimo el valor de la hora ordinaria, obtenido de dividir el importe del salario ordinario en cómputo anual, integrado por los conceptos establecidos en el Convenio de salario base, conceptos salariales de las pagas extraordinarias y, en su caso, los pluses que correspondan de Peligrosidad mínimo, de Peligrosidad garantizado, de Actividad, de Escolta, de Residencia en Ceuta y Melilla y antigüedad, por el número total de horas de trabajo anuales que componen la jornada ordinaria pactada.
En todo caso, quedan excluidas las retribuciones extrasalariales establecidas en el Convenio colectivo, como el Plus de Distancia y Transporte y Plus de Mantenimiento de Vestuario y otras indemnizaciones y suplidos.
Adicionalmente, si durante la realización de la hora extraordinaria concurriera alguna de las circunstancias o condiciones que dan lugar al devengo de alguno de los complementos o pluses funcionales variables de peligrosidad variable, responsable de equipo, radioscopia aeroportuaria, radioscopia básica, plus de trabajo nocturno y plus de fin de semana y festivos, en los términos regulados en el artículo 43 del Convenio colectivo, al valor de la hora extraordinaria se añadirá el importe hora del complemento o plus devengado que corresponda.
Si bien la realización de horas extraordinarias es de libre aceptación del trabajador, cuando se inicie un servicio de vigilancia o de transporte de seguridad, deberá proseguir hasta su conclusión o la llegada del relevo. El período de tiempo que exceda de la jornada ordinaria de trabajo, siempre que no se haya compensado en descanso, se abonará como horas extraordinarias.
FÓRMULA:
[Salario Base+Plus de Peligrosidad+Complementos mensuales]X15
1782


miércoles, 6 de marzo de 2019

Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, relativa al Convenio colectivo estatal para las empresas de seguridad para el periodo julio 2015-2016. y acuerdo de modificación del Convenio colectivo estatal de empresas de seguridad.

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

BOE a la Carta:


Disposiciones publicadas en el BOE 


Título:
Resolución de 20 de febrero de 2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, relativa al Convenio colectivo estatal para las empresas de seguridad para el periodo julio 2015-2016.
Departamento:
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Publicación:
BOE nº 52 de 01/03/2019, p. 20216 a 20225 (10 páginas)
Ver documento:
BOE-A-2019-2958


Título:
Resolución de 18 de febrero de 2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el acuerdo de modificación del Convenio colectivo estatal de empresas de seguridad.
Departamento:
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Publicación:
BOE nº 52 de 01/03/2019, p. 20144 a 20146 (3 páginas)
Ver documento:
BOE-A-2019-2947

viernes, 1 de marzo de 2019

Se registra y publica el acuerdo de modificación del Convenio colectivo estatal de empresas de seguridad.




Título:
Resolución de 18 de febrero de 2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el acuerdo de modificación del Convenio colectivo estatal de empresas de seguridad.
Departamento:
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Publicación:
BOE nº 52 de 01/03/2019, p. 20144 a 20146 (3 páginas)
Ver documento:
BOE-A-2019-2947

Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, relativa al Convenio colectivo estatal para las empresas de seguridad para el periodo julio 2015-2016


Título:
Resolución de 20 de febrero de 2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, relativa al Convenio colectivo estatal para las empresas de seguridad para el periodo julio 2015-2016.
Departamento:
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Publicación:
BOE nº 52 de 01/03/2019, p. 20216 a 20225 (10 páginas)
Ver documento:
BOE-A-2019-2958

miércoles, 31 de enero de 2018

Nuevo “sindicalismo” para acabar con los derechos laborales

Nuevo “sindicalismo” para acabar con los derechos laborales


Vicente Sánchez Jiménez Publicada 30/01/2018 a las 06:00 Actualizada 29/01/2018 a las 22:26    


La reforma laboral llevada a cabo por el Gobierno en 2012 supuso un cambio radical en el marco regulador de las relaciones laborales en España, y si bien su aplicación ha tenido reflejo en todos los sectores de actividad, el sector de la seguridad privada representa un ejemplo paradigmático de la degradación de las condiciones de trabajo que la nueva norma supuso.

Este sector ha estado durante los últimos meses en el candelero informativo, debido al significativo número de conflictos colectivos, con importantes movilizaciones e incluso huelgas en algunos servicios. Sin embargo, el entramado que ha hecho posible la degradación que se ha vivido en estos años es bastante más complejo e incluso, una vez estudiado, difícil de entender. Analicemos algunos de los factores que han contribuido a esta situación.

La reforma laboral modificó el peso normativo que tenían los convenios generales de carácter estatal, basculando en favor de los acuerdos de empresa, que pasaron a tener prioridad de aplicación en determinadas materias claves, entre ellas las retribuciones, las cuales pueden en la actualidad fijarse por debajo de las establecidas en el convenio sectorial de referencia.

Este cambio legislativo ha venido acompañado de la proliferación de “sindicatos independientes y de empresa” en bastantes sectores, en seguridad privada particularmente. Pues bien, precisamente este tipo de organizaciones han promovido en muchos casos la regresión salarial y de derechos laborales de trabajadoras y trabajadores.

¿Cómo es posible? Veamos el caso más reciente de la empresa de seguridad Ariete, aunque es una situación que ya se ha vivido en otras empresas de seguridad como Alerta y Control, Grupo Control, Sinergias o Marsegur.

El pasado 6 de noviembre la Dirección General de Empleo registraba y publicaba un convenio colectivo para Ariete de Seguridad que regulaba las condiciones de trabajo y salarios de sus trabajadores y trabajadoras en todo el Estado, con vigencia desde el 1 de Enero del 2018 hasta el 31 de Diciembre del 2021. Este acuerdo ha supuesto importantes retrocesos en derechos y salarios respecto al convenio estatal vigente negociado por los sindicatos mayoritarios.

¿Quién ha dado el visto bueno para este convenio, condenado a unas pésimas condiciones laborales a cientos de trabajadores y trabajadoras de Ariete? Un "sindicato" llamado Sindicato Independiente de Trabajadores de Ariete (SITA), entidad que no aparece registrada en el Depósito de Estatutos de Organizaciones Sindicales y Empresariales del Ministerio de Empleo —al menos no con ese nombre— pero que, sin embargo, ha firmado, junto a la dirección de la empresa, un convenio vinculante para toda la plantilla.


Con la aplicación de este convenio, Ariete está convirtiendo a sus profesionales en trabajadoras y trabajadores pobres a la manera que lo han venido haciendo otras empresas como Marsegur o Sinergias, pasando a formar parte de ese grupo de entidades explotadoras a las que ningún asalariado o asalariada del sector quiere ser subrogado.

Para la plantilla de Ariete habría sido mucho más conveniente no negociar un convenio de empresa, al menos que fuera para mejorar las condiciones del convenio estatal que ya les cubría. Sin embargo, la reforma laboral del Gobierno está permitiendo a este tipo de empresas tener su propio convenio, con prioridad sobre el convenio estatal, situación que aprovecha la dirección en connivencia con estos mal llamados “sindicatos” para reducir los salarios y derechos de sus trabajadores.

Así, la paradoja que estamos viviendo es que algo que se autodenomina sindicato está sirviendo para revertir y recortar derechos laborales. Son estos "nuevos sindicatos”, surgidos al calor del poder conferido por la reforma laboral para negociar en los ámbitos de empresa condiciones inferiores a las del sector, los firmantes de acuerdos que van en contra de los convenios estatales acordados por sindicatos de clase, mayoritarios en el ámbito de la seguridad privada y en todos los sectores socioeconómicos del país, siendo usados para destruir y menoscabar los derechos laborales adquiridos durante décadas de negociación y lucha.

Es difícil entender los motivos que guían a quienes llevan a cabo estas negociaciones que perjudican, en principio, sus propias condiciones laborales, además de las de sus compañeras y compañeros, y no podemos más que entristecernos e indignarnos imaginando lo que no puede ser otra cosa más que intereses personalistas.

En cualquier caso, aunque al sindicalismo confederal nos pongan cada vez más trabas, seguiremos en la lucha diaria, instando a la Audiencia Nacional a declarar la nulidad de este tipo de acuerdos, que dañan aún más las condiciones laborales e impiden que la salida de la crisis llegue a trabajadoras y trabajadores con la recuperación adquisitiva de sus salarios. ______________

Vicente Sánchez Jiménez es secretario general de CCOO de Construcción y Servicios. Ha publicado los libros 'La responsabilidad social empresarial y su evolución en las compañías del IBEX35' y 'La responsabilidad social en las multinacionales españolas de la construcción'.
Fuente:
https://www.infolibre.es/noticias/opinion/plaza_publica/2018/01/26/nuevo_sindicalismo_para_acabar_con_los_derechos_laborales_74542_2003.html

jueves, 11 de enero de 2018

SEGURIDAD INTEGRAL CANARIA OFICIALIZA CONCURSO VOLUNTARIO TRAS SOMETER A SUS VIGILANTES A SITUACIONES VINCULADAS A LA EXCLUSION SOCIAL


Miguel ÁngelRamírez da un paso más para finiquitar su empresa después de haber sometido a sus trabajadores y trabajadoras a constantes incumplimientos laborales ante la pasividad de clientes públicos y privados.


Tras una trayectoria empresarial basada en bajas temerarias de precios, convenio de empresa cuyo único objetivo prima en abaratar salarios para obtener así mayor competitividad desleal de mercado, prácticas fraudulentas en materia de cotizaciones, dejar de abonar salarios a sus trabajadores y trabajadoras y por ende abocar a un número importante de familias prácticamente a la exclusión social, Miguel Ángel Ramírez tras anunciar su intención de abandonar la seguridad privada, inicia concurso voluntario para que ahora sea la administración quien asuma las deudas que con su comportamiento desleal el mismo ha generado.

Seguridad Integral Canaria ha prestado y actualmente presta servicios directamente vinculados a Administraciones Publicas tanto en el ámbito insular como en el territorio nacional, pese a las continuas denuncias formuladas desde las centrales sindicales, tanto administraciones como ámbitos políticos han permanecido como invitados de piedra ante las políticas empresariales ampliamente desleales de un empresario catalogado como Ejemplar.

Gobierno Canario, Metro de Madrid entre otros, con su absoluta ausencia de voluntad política para la búsqueda de soluciones han contribuido a la permanencia y proliferación de un modelo de empresa ampliamente dañino para el sector de la seguridad privada y especialmente lesivo para sus trabajadores y trabajadoras.

Este modelo basado en la precariedad y que además de Integral Canaria se instaura en empresas como Sinergias, Novosegur merece una reflexión tanto de los propios clientes públicos y privados,así como desde el propio Gobierno Rajoy. Especialmente cuando la seguridad privada juega un papel cercano a la ciudadanía,así como en la protección de instalaciones de alto riesgo, donde Miguel Ángel Ramírez sitúa a sus empleados sin abonar sus nominas ante la pasividad política y de los propios usuarios.

martes, 26 de diciembre de 2017

CONVENIO SEGURIDAD PRIVADA (2017 - 2020) UGT DICE NO AL RETROCESO, SI AL AVANCE


SI NO LO VEO NO LO CREO.


Lo último que nos quedaba por ver era esto. El que se crea libre de caer en ésta vorágine está muy equivocado. Mientras la reforma laboral de 2012 esté vigente en los términos que ya conocemos ahora mismo nadie está libre de esto, solo hace falta que el servicio donde tú estás trabajando salga a concurso y aparezcan éstos "señores" con sus presupuestos tan atractivos para nuestras administraciones públicas (con gloriosas excepciones) y se acabó el que puedas pagar tus facturas, tus hipotecas, hacer la compra en el supermercado para comer tu y los tuyos y hacer aquello que hasta ahora aunque sea a trancas y barrancas hacías.

Es curioso lo poco que le importamos a las estructuras del Estado y administraciones públicas en general, pero es todavía más curioso, lo poco que nos importan nuestros compañeros y lo poco que nos importamos nosotros mismos.

No nos movilizamos ni con agua caliente, dejamos hacer simplemente lo que les viene bien, siempre hay un puñado de desalmados dispuestos a firmar cualquier cosa/"convenio de empresa" a sabiendas de que están mandando a compañeros a la marginación y a la pobreza y a ellos mismos en un futuro también, y no pasa nada, el colectivo ni se inmuta, unos pocos de videos colgados en youtube echándose la culpa unos a otros, unos pocos de blogs despotricando cada uno del otro pero a la hora de la verdad cada uno por un lado dejando que se nos vaya el gas por la boca.

Un ejemplo, 
En febrero de éste año la UGT lanzó la "petición de jubilación anticipada en Seguridad Privada (coeficientes reductores)" y hasta éste momento solo han firmado 10.692 personas de un colectivo de 80.000 aproximadamente,

Otro ejemplo.
Hace más de un mes, un compañero lanzó la idea -y la puso en marcha a través de facebook- de la creación del "Colegio Profesional de Vigilantes de Seguridad y Guardas Rurales" pues bien a fecha de hoy han firmado 566 para el colegio estatal, para los regionales ni te cuento.

Otro ejemplo.
Un compañero lleva casi dos semanas en huelga de hambre. En la misma situación laboral de precariedad hay por lo visto un total de 550 compañeros de la misma empresa, exactamente en la misma situación, pues bien según se ve por las grabaciones que cuelgan en el facebook, ni apoyan a este compañero ni se manifiestan minimamente en contra de lo que les ocurre.

Y así podríamos seguir hasta cansarnos de manera que podemos concluir que poco nos pasa para lo dejados que somos, pero estamos llegando ya a donde no nos podíamos imaginar, a pasar hambre.

La ciudad Las Palmas (PSOE) lanza con Seguridad Integral Canaria, en quiebra, una «Operación Kilo»
 
La empresa que forma parte del Grupo Ralons tiene un empleado en huelga de hambre en Madrid. Los trabajadores de Ralons denuncian que llevan hasta cuatro meses sin cobrar
Las Palmas Gran Canaria15/12/2017 11:36hActualizado:15/12/2017 11:36h

El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria (PSOE) ha lanzado esta semana una campaña de captación de alimentos con Ralons, cabecera de Seguridad Integral Canaria, empresa que tiene a empleados tanto canarios como pensinsulares sin cobrar salarios y pidiendo comida por las calles y redes sociales.
Desde el pasado lunes once hasta el día 18 de diciembre, el Ayuntamiento de la capital grancanaria pide «cacao en polvo, leche en polvo, legumbres, especias, harina, arroz y pastas« con el «deseo de poder ayudar a familias más necesitadas». 
La comida se debe entregar en las escuelas infantiles que gesitona Ralons que, a su vez, se asegura en la campaña contar con el respaldo de Banco de Alimentos de la capital de la isla.
En la Península hay un empleado de Metro de Madrid en huelga de hambre. Y, en Canarias, esta semana trabajadores de Ralons han iniciado una huelga en Telde. Hay huelga general convovada para el 22 de diciembre. ABC ha constatado este viernes la existencia de mesas de apoyo de funcionarios haciendo recolectas de comida para vigilantes de Seguridad Integral Canaria, que forma parte de Ralons.
El Cabildo de Gran Canaria, por ejemplo, está buscando la forma de dar respuesta a los trabajadores de la isla aunque está al corriente de sus pagos a este proveedor de seguridad y servicios. Pero la gente no sabe de procedimientos y acude a la Administración más confiable a buscar ayuda para comer.
Al tiempo, en las redes sociales circulan las demandas de los trabajadores. Familiares de empleados han subido a Facebook y Twitter mensajes y vídeos de protesta. En algunos se habla hasta de intentos de suicidios de empleados. Y es que afrontan la Navidad tras hasta cuatro meses sin cobrar sus salarios.