Se
han hecho “virales” estos días atrás dos vídeos en los que se observa
perfectamente la triste realidad en la que vive (vivimos) el colectivo
de la seguridad privada en este país. Uno es un altercado provocado por
una clienta en una tienda de una conocida cadena de supermercado, y otro
es la supuesta agresión por parte de dos vigilantes de seguridad a un
usuario del tren. En ambas grabaciones, hechas por personas con su
teléfono móvil, se pone en evidencia un problema muy grave y no es otro
que la falta de consideración de autoridad al Vigilante en la Ley
5/2014, de 4 de Abril, de Seguridad Privada. La mayoría de las miles de
personas que han compartido las escenas por las redes sociales, lo han
hecho con el ánimo de reírse de la delirante actuación de la clienta en
el supermercado, y de compartir la indignación (también morbo) por el
supuesto trato vejatorio sufrido por el pasajero del tren, pero yo
quiero ir un poco más allá de si la clienta se desnuda en un arrebato de
ira o de si hay agresión por parte de los vigilantes o la lesión es
producida por un forcejeo inevitable.
Me gustaría, cuando reabran las academias que forman al personal de
seguridad privada, que estos vídeos se analizaran desde el punto de
vista jurídico y técnico-profesional.
Desde el punto de vista jurídico, quiero saber por qué el Vigilante
de Seguridad del Supermercado amaga con ponerle los grilletes cuando ya
está reducida la agresora y finalmente no lo hace. El audio, que no
tiene desperdicio, es clarificador al respecto. ¡Ponle los grilletes!
¡Dejadla, si está loca! Grita la gente entre risas en una especie de
circo romano, presionando a un trabajador mal pagado y probablemente mal
descansado. Tengo una teoría al respecto. El Vigilante teme estar
incurriendo en un delito de detención ilegal. Así de sencillo y así de
demoledor. Son cientos los compañeros que se ven inmersos en
costosísimos procesos judiciales, denunciados por detención ilegal como
dudoso resquicio legal de abogados sin escrúpulos para salvar a sus
clientes de la acción de la Justicia. Desnudar a un santo para vestir a
otro.
Igual pasa con los Vigilantes del tren (agredidos a diario). Al verse
en una situación de resistencia grave por parte del pasajero, y
grabados por otro que les recuerda que “que se están colando” optan por
no proceder a la detención claramente pensando en el infierno legal que
se les viene encima. Resultado, expedientados por Renfe, apartados del
servicio con una segura pérdida de empleo y con una probable pérdida de
licencia.
La solución a esta inseguridad jurídica que te obliga a actuar dónde
ni los NAVY SEALS se atreverían y cuando actúas, te castiga por no ser
policía “y colarte”, es la consideración de autoridad pública. Esto que
digo espero que no suene a osadía, el profesorado y el personal
sanitario ya lo son. Pegarle al Vigilante es más barato que pegarlo al
maestro o a la enfermera. Que nadie se enfade, estoy de acuerdo con que
determinadas profesiones tenga una consideración especial, pero clama al
cielo que la Seguridad Privada no sea una de ellas. Cosas de este país.
Desde el punto de vista técnico profesional, es todavía más sangrante
si cabe la escasez de medios con la que nos enfrentamos a situaciones
tan embarazosas como las de los vídeos, especialmente el Vigilante del
supermercado. Ha de enfrentarse con una defensa, que solo puede usar en
determinados y muy restringidos casos. No puede llevar chaleco protector
de ningún salvo autorización expresa en una maraña legal inviable, los
guantes anticorte los lleva si se los ha comprado él, y si lleva spray
defensivo, que cualquiera puede llevar en el bolso, será expedientado.
Absurdo.
Una vez que parece controlada la situación, llega la policía.
Concretamente cuatro agentes (igual hay más y no salen), dotados con
chalecos antibala y pistola semiautomática 9 mm parabellum. Misma
presunta agresora, misma situación pero asumida con distintos medios.
Injusto, ¿verdad?
Hace muy poquitos días, el 21 de Mayo, celebrábamos el día de la
Seguridad Privada. No ocupó grandes titulares en los periódicos ni en
los informativos. Cuando salíamos a los balcones a las ocho de la tarde
nadie piensa en el Vigilante que te salva la vida con un desfibrilador o
detiene al que quiere secuestrar a tu hijo en un parking. Tampoco lo
pedimos, lo hacemos por vocación, pero ya es hora de una dignificación
seria del sector.
A día de hoy se están abordando leyes de calado en la sociedad
española, Ley de Transición Ecológica, derogación de la reforma laboral,
pacto estatal por la educación, etc. Espero y deseo que haya un
huequito para la nuestra. Veremos.
*Juan Carlos Higueras Piedra es Jefe y Director de Seguridad, posee
las licencias de Vigilante de Seguridad y Escolta Privado y es formador
de Vigilantes, Escoltas y Guardas Rurales. Presta sus servicios en la
empresa de Seguridad Privada Sansegur S.L
Carmen es una empleada de una peluquería. Tiene una patología que la convierte en persona de riesgo frente al coronavirus. Por eso duda si tiene que incorporarse a trabajar. Ahora que muchos empleados empiezan a volver a sus puestos,
son múltiples los interrogantes y a veces ni siquiera la propia
Administración sanitaria tiene respuestas para tantas preguntas en un escenario asistencial, social, laboral y económico sin precedentes.
Pero según explican especialistas, la última palabra en estos casos la tienen los médicos de cabecera que, si estiman, deberán proceder a dar la baja al trabajador. Hay dos posibilidades: empresas grandes con servicios de prevención de riesgos laborales y otras pequeñas sin esta estructura. En ambos casos, será el facultativo de cabecera la persona clave a la hora de decidir si un trabajador concreto debe incorporarse o no a su puesto de trabajo.
Si la empresa es grande, su servicio de prevención de riesgos laborales debe emitir un informe individual sobre el empleado concreto. Pero este documento no es vinculante.
Será el médico de cabecera quien en base a ese informe y a la historia
clínica determine si procede la incorporación o no del trabajador. En
este caso, deberá dar la correspondiente baja. Si el facultativo tiene
dudas –dado que este es un escenario que nunca se había planteado antes
en la historia de los centros sanitarios– podrá consultar con la Inspección Médica de la Delegación de Salud.
De modo que con el asesoramiento de estos expertos, el informe del servicio de prevención de riesgos laborales de la empresa en cuestión y el historial clínico de la persona deberá tomar una decisión.
Si la empresa es pequeña y
por lo tanto no tiene servicio de prevención de riesgos laborales, será
también el médico de atención primaria -con el apoyo de los inspectores
en caso de duda- quien decida.
El Ministerio de Sanidad establece unas tablas –en sus Protocolos de Prevención–
en las que distingue entre los trabajadores de centros sanitarios y
sociosanitarios y aquellos que no pertenecen a ninguno de estos dos
ámbitos laborales.
También tiene hace una graduación de vulnerabilidad
en función de que las personas tengan la patología controlada,
descompensada o que tengan otras enfermedades asociadas. En todo caso,
los pacientes de riesgo frente al coronavirus son los mismos que en
otros casos:personas con enfermedad cardiovascular,
con patología pulmonar crónica, diabetes, inmunodeficiencia, cáncer en
tratamiento activo, embarazadas y mayores de 60 años.
En este último caso si se baja el listón,
ya que frente a la gripe se consideran casos de riesgo a los mayores de
65 años. Frente al coronavirus, la edad se sitúa en los 60, ya que este
patógeno es especialmente agresivo a partir de esa edad. De hecho, los
mayores de esa edad representan cuatro de cada cinco fallecidos con el virus.
La atención primaria tiene una labor poco conocida, pero clave en la lucha contra el virus
El Ministerio establece niveles de riesgo de uno a cuatro, siendo aquel el menor y éste el máximo.En función de esas variantes, Sanidad establece si el trabajador no precisa ni adaptación ni cambio de puesto y puede permanece en su actividad laboral habitual o hasta si procede la baja laboral como “trabajador especialmente sensible”.
En todo caso, los médicos de cabecera serán los que tengan la última
palabra, siempre con el asesoramiento de la Inspección Médica en caso de
dudas.
Es un papel más en el importante rol que están cumpliendo los centros de salud en esta pandemia. Aunque los hospitales
se llevan la labor más especializada a la hora de atender a los
pacientes más críticos tanto en hospitalización como en las unidades de
Cuidados Intensivos, el trabajo de la atención primaria está siendo silencioso, pero decisivo en la lucha contra el coronavirus.
Además de la realización de test masivos en las residencias, los servicios de ayuda a domicilio y en los propios centros sanitarios, este nivel asistencial será el encargado del estudio epidemiológico nacional
para conocer la proporción de infectados y, en consecuencia, la
vulnerabilidad o protección natural frente a un virus para el que aún no
hay vacuna.
Los centros de salud también tendrán la responsabilidad a vigilar muy de cerca en esta desescalada cualquier indicio de contagio para testarlo y, en caso positivo, aislarlo a fin de que no se propague la enfermedad.