viernes, 2 de octubre de 2020

La legítima defensa ¿Qué es y cuando te exime de responsabilidad criminal?

Estamos en casa de noche durmiendo y un ruido nos despierta. Pudiera ser una ventana abierta, pero escuchamos más ruidos y voces de personas hablando bajo
¿Qué harías?
La legítima defensa es un concepto definido en el Código Penal, siendo una eximente de responsabilidad penal cuando concurran ciertas circunstancias

En el artículo 20 del Código Penal, vienen especificadas las circunstancias por las que una persona estaría exenta de responsabilidad criminal

En el punto 2 del artículo 20 del C.P. viene especificado que está exentos de responsabilidad el que obre en defensa de la persona o derechos propios o ajenos, siempre que concurran los requisitos siguientes:

Primero. Agresión ilegítima. En caso de defensa de los bienes se reputará agresión ilegítima el ataque a los mismos que constituya delito y los ponga en grave peligro de deterioro o pérdida inminentes. En caso de defensa de la morada o sus dependencias, se reputará agresión ilegítima la entrada indebida en aquélla o éstas.

Segundo. Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla.

Tercero. Falta de provocación suficiente por parte del defensor.

La Legítima defensa nace de la necesidad de proteger los bienes jurídicos del agredido y en la protección del derecho frente a ataques o agresiones injustas.

¿Cuáles son los requisitos? Análisis

Según consta en el Código Penal, se tienen que dar los tres requisitos mencionados.

Agresión ilegítima: La agresión tiene que darse sobre bienes que fueran protegibles. No puede alegarse legítima defensa por un daño provocado hace tiempo, al igual que tampoco cabe agresión ilegitima ante bienes que no se pudieran proteger.

Necesidad racional del medio empleado: Esto se refiere a que se ha de utilizar el medio menos lesivo de los adecuados para repeler la agresión.

Este es uno de los puntos más polémicos.

¿Es adecuado utilizar un arma de fuego frente a un arma blanca, un bate o un objeto contundente?

Visto desde fuera parece racional decir que no es proporcional, pero si nos ponemos en esa situación, en la que nos encontráramos frente a una persona con alguno de esos objetos, seguramente cambiaríamos de parecer, puesto que un cuchillo o un bate puede causar la muerte en cuestión de segundos.

Si atendemos a la utilización del medio menos lesivo, parece lógico decir que, frente a este tipo de armas, lo normal sería utilizar la defensa. Pero hay que insistir en que un “porrazo” no es suficiente para repeler este tipo de agresiones, pero si el agresor nos alcanza con un cuchillo, podríamos darnos por muerto con casi total seguridad.

Si a esto añadimos que los policías de paisano no portan defensa, ni están autorizados a llevar una defensa extensible, el problema se acrecienta. ¿Deberían utilizar sur puños para frenar una agresión con un palo, utilizar su arma de fuego reglamentaria, o huir?

Pues si aún poniéndonos en esa situación, la respuesta es A o B. Dependería de muchos factores más, como si tenemos un compañero al lado o si hay opción de solicitar colaboración.

Pero esto sentado delante de un ordenador, buscando jurisprudencia o desde un juzgado es fácil con tiempo de valorar detenidamente durante horas o días cada una de las circunstancias y posibles opciones. Pero ni el policía que ve venir a un hombre con un cuchillo hacia él, ni el ciudadano que se levanta alertado por ruido en su casa tiene ese tiempo para sopesar, debe actuar.

Falta de provocación suficiente por parte del defensor: Esta es la más fácil de explicar. Basta con que el defensor no hubiera provocado la situación mediando provocación.

El mayor error sobre la legitima defensa

El mayor error que se comete es, cuando el defensor actúa pensando que la situación le permite actuar de cualquier manera, no atendiendo a lo que establece la ley.

Un ejemplo claro, sería el pegar un tiro por la espalda a un ladrón que ha entrado en nuestro domicilio.

Fuente.https://www.h50.es/la-legitima-defensa-que-es-y-cuando-te-exime-de-responsabilidad-criminal/

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario